23-04-2024 07:07:31 PM

Viola la Ley de Monumentos, el callejón de los Feudales

Por Alejandro Mondragón

 

El callejón de los Feudales, como se llamó en la anterior entrega, la privatización del paso peatonal y vehicular que hicieron el empresario Manuel Alonso y la dueña de Casa Reyna, Angélica Moreno, representa una flagrante violación a la Ley.

 

En el barrio de San Francisco, donde se localizan la residencia y el hotel-restaurante, se toleró dicha acción desde el 2016, todo un sexenio.

 

La privatización en la zona “supone una violación al Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, ya que se señala la prohibición expresa de realizar dichas obras en el artículo 1198 inciso b) numeral 1, el cual señala: 

 

Artículo 1198.- En los inmuebles localizados en la Zona de Monumentos, a los que se refiere el artículo 1200, podrán autorizarse intervenciones dentro de los siguientes parámetros:

 

b) No se autorizan las siguientes obras o elementos en fachadas:

 

1. Los portones de acceso para vehículos podrán incluir una puerta proporcionada para el paso de peatones, en cualquiera de las hojas, las que serán de madera y diseño acorde”.

 

Y colectivos en defensa del patrimonio histórico comparten: “Debemos recordar que la destrucción total o parcial de Zonas monumentales o del  patrimonio edificado, artístico y/o cultural constituye un delito que según la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas en su artículo 52, señala: 

“ARTICULO 52.- Al que por medio de incendio, inundación o explosión dañe o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de dos a diez años y multa hasta por el valor del daño causado. Al que por cualquier otro medio dañe o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de uno a diez años y multa hasta por el valor del daño causado.

 

Los colectivos insisten en que con la finalidad de determinar responsabilidades, “pedimos copias de las licencias que fueron expedidas por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, así como las otorgadas por la Dirección de Desarrollo Urbano, mismas que se encuentran previstas en el artículo 1200 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla. De igual forma requerimos se nos faciliten los permisos de pre factibilidad correspondientes y los documentos relativos al trámite de solicitud de autorización o licencia, que los interesados en la realización de las obras arquitectónicas deben presentar a la Dirección de Desarrollo Urbano y Sustentabilidad, mismas que se encuentran estipuladas en el artículo 1240 del Código Reglamentario anteriormente señalado, en especial pedimos el nombre y domicilio del solicitante, el nombre del propietario del inmueble y el nombre del perito responsable de obra. Todo ello fundamentado en el artículo el artículo 6 y 8 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

“De igual manera solicitamos que se suspenda la obra puesto que supone una violación a nuestro Código Reglamentario Municipal, además de traer consigo una afectación significativa al edificio sobre el cual se realizan los trabajos de remodelación, mismo que es considerado Monumento histórico.

 

“Por último, exigimos que se dejen de otorgar licencias que son contrarias a nuestra legislación, ya que afectan el Patrimonio histórico y cultural de la sociedad poblana, y en caso de que los responsables de las obras no cuenten con los permisos necesarios para llevar a cabo os trabajos mencionados, solicitamos que procedan según la Ley para fincar responsabilidades y sanciones”.

 

Está claro que el Instituto Nacional de Antropología e Historia fue, ha sido y es un alcahuete.

 

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