28-03-2024 07:48:55 AM

IIegal, el cobro electrónico de multas viales en Puebla

elmapache

Que para tal fin se capacitó a 100 mujeres de la corporación, quesque porque son menos proclives a la corrupción.

De ser así, la comuna estaría incurriendo en una ilegalidad, porque para hacerlo, se tendrían que haber realizado las reformas correspondientes al Código Reglamentario del Municipio de Puebla (COREMUN), a la propia Ley de Ingresos del ayuntamiento, así como a los reglamentos interiores de la Tesorería Municipal y de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito del municipio.

Esto, porque los agentes de tránsito municipal carecen de facultades para realizar tales cobros, tarea que está asignada exclusivamente a la Tesorería Municipal. 

Si ellos llegan a cobrar las multas, estarían violando los reglamentos, usurpando funciones y podrían ser objeto de procesos de determinación de responsabilidades.

Y,  ¿qué cree?

Obviamente, dichas modificaciones no se han realizado.

Basta echar un vistazo a los documentos antes expuestos, disponibles al público en general en la página de transparencia del Ayuntamiento de Puebla, para darse cuenta de que las clausulas sobre el tema siguen intactas.

En el artículo 352 del COREMUN sobre la observancia de las disposiciones en materia de tránsito y seguridad vial se establece lo siguiente:

“Después de recibir las actas de infracción que se levanten, el Departamento de Infracciones dependiente de la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal procederá a aplicar las sanciones correspondientes, las cuales se determinarán, individualizarán, calificarán, impondrán y en su caso ejecutarán, conforme a lo dispuesto por este Capítulo y demás ordenamientos que resulten aplicables, en los términos establecidos en el tabulador de infracciones y multas, sin perjuicio de las sanciones que procedan conforme a las leyes penales u otras disposiciones.”

Por su parte, el Capitulo 3, artículo 20 fracción XVII del Reglamento Interior de la Tesoreria Municipal establece que será el departamento de recaudacion e infracciones de la Dirección de Ingresos de la dependencia el unico facultado para recabar el pago por multas viales.

En tanto que el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito municipal, en su artículo 35 l 39 establecen la obligatoriedad de dar cumplimiento a los objetivos y programas que en materia de tránsito deriven del Plan de Desarrollo Municipal, del COREMUN y de otras leyes estatales y nacionales.

El programa fue presentado ante el cabildo en el mes de marzo y ahí los regidores Iván Galindo y Gustavo Espinosa hicieron notar que antes de ponerlo en marcha, se tendría que realizar dichos ajustes.

Es la fecha en que en el cabildo no se han votado las modificaciones y, sin embargo, Santizo ya dispuso su arranque en este mes de julio.

¿Quihubo?

¿Una irregularidad màs?

Tragos amargos

Quién sabe como andarán las cosas allá en el Congreso del Estado que a todo mundo tiene alterado, inquieto, estresado.

Hasta el nuevo director de comunicación Social, Norberto López, anda todo tenso.

Será por eso que el pasado viernes decidió echarse unos traguitos, para aminorar la presión.

Lo malo fue que se le pasaron las copas, llegó al Congreso después de las 5 de la tarde, le dio por cantar Oaxaca en uno de los baños, perdió las llaves de su oficina y le mentó la madre a los policías, diciendo que ellos se las habían quitado.

Las cámaras del Congreso ya están conectadas al cuartel central, y desde ahí vieron todo.

Insisto… así han de estar las cosas en el Congreso del Estado.

mapache

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