¿Todo está concluido con la reforma aprobada ayer por los diputados al tipificar como delito el daño moral en el Código Civil, y fijar un monto mínimo y máximo para la indemnización?
Son planteamientos que quizás deberían analizarse por los propios medios de comunicación: dueños, directores y reporteros.
De todos modos está la limitante de la libertad de prensa con el delito tipificado como “daño moral” y la sanción económica. Claro que ninguna multa podrá resarcir efectivamente el daño causado, pero ahí está el monto mínimo de 50 días de salario mínimo o hasta 3 mil.
Es posible que constituya una limitante a la libertad de prensa; aunque también se pretende con ello evitar el abuso en algunos casos de hacer señalamientos sin sustento, sin pruebas; o bien evitar que haya publicaciones como modo de presión, estas últimas no necesariamente por parte de quienes las redactan o publican sino de quienes las filtran con cierto interés.
Pero, a partir de esta modificación casi de fast track en el Congreso del Estado, y que fue casi la segunda iniciativa enviada por el nuevo gobierno, después de la reforma a la estructura orgánica gubernamental, los medios tienen tarea por hacer.
También habría que volver la mirada hacia adentro para ver cómo funcionan realmente los medios.
Sería conveniente ver, discutir, debatir el establecimiento de códigos de ética (escritos o sobreentendidos), el trato a los reporteros, el respaldo de los directivos de los medios a sus propios reporteros al obtener información y publicarla, y el trabajar con rigor periodístico de comprobar la información y que ésta sea además bien redactada para evitar cualquier confusión o malentendido.