Por Yasmin Flores Hernández
En mi columna anterior, “Los titiriteros del género”, expuse los señalamientos sobre la presunta influencia que Israel Valdés Cruz mantiene dentro de la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia de Género contra las Mujeres, encabezada por Karla Michelle Salas Sánchez.
Hoy no pretendo repetir aquella historia.
Los nuevos datos provenientes del interior de la propia Fiscalía obligan a dar un paso más: analizar las consecuencias que esa forma de conducción estaría dejando en las investigaciones.
Ya no se trata únicamente de preguntar quién influye detrás del cargo.
Ahora existen casos concretos, movimientos de personal, actuaciones ministeriales cuestionadas y cifras oficiales que no terminan de cuadrar.
En Puebla existe una Fiscalía capaz de presumir una efectividad superior al cien por ciento.
Sobre el papel, sus resultados parecen extraordinarios.
Las sentencias se multiplican, los porcentajes rebasan cualquier expectativa y el discurso oficial presenta una institución que avanza con paso firme.
Sin embargo, fuera de los comunicados aparece otra realidad: investigaciones que tropiezan, detenciones que no resisten el control judicial, familias obligadas a presionar y personal experimentado que abandona o es removido de una de las áreas más sensibles de la procuración de justicia.
La pregunta, por tanto, ya no es la misma que formulé en “Los titiriteros del género”.
Hoy debemos preguntar:
¿Qué consecuencias está produciendo la conducción actual de la Fiscalía de Género?
La respuesta comienza en Cuetzalan.
Isabel, de 30 años, policía municipal en activo, y su madre, María Francisca, de 62, fueron asesinadas en la comunidad de Cuamayta, perteneciente a la junta auxiliar de Santiago Yancuitlalpan.
El 3 de septiembre de 2026, la Red de Organizaciones por la Defensa de los Derechos Humanos de las Mujeres Indígenas y la Equidad de Género en Nuestras Comunidades, RODMI, exigió públicamente una investigación exhaustiva por el doble feminicidio.
Su pronunciamiento resulta especialmente relevante.
Antes de que las deficiencias ministeriales comenzaran a conocerse, una organización dedicada a defender los derechos de las mujeres indígenas ya reclamaba una investigación seria, completa y capaz de garantizar justicia.
La exigencia no fue exagerada.
Lo ocurrido después demuestra que estaba plenamente justificada.
De acuerdo con información proporcionada a esta columnista por una fuente interna de la Fiscalía, por el doble feminicidio se inició en Cuetzalan la carpeta de investigación 012462/2026. Hernán N. y Santiago N., familiares de las víctimas, fueron detenidos en flagrancia.
No fueron localizados semanas después como resultado de una larga investigación.
Tampoco fueron aprehendidos mediante una orden judicial obtenida posteriormente.
La información recibida sostiene que fueron asegurados en flagrancia por los hechos relacionados con las muertes de Isabel y María Francisca.
A pesar de ello, la detención no superó el control judicial.
Según la misma fuente, el órgano jurisdiccional no calificó de legal la detención debido a deficiencias en las actuaciones de la autoridad. Hernán N. y Santiago N. fueron puestos en libertad y el juez habría ordenado dar vista a la titular de la Fiscalía General del Estado.
La gravedad del episodio no puede reducirse a decir que “un juez dejó libres a dos detenidos”.
El juez cumplió con su obligación constitucional de revisar la legalidad de la actuación de la autoridad.
Una detención en flagrancia tampoco constituye una autorización para ignorar las reglas constitucionales y procesales.
Pero precisamente por tratarse de una detención presentada como flagrante, resulta todavía más grave que la actuación no haya podido sostenerse ante el órgano jurisdiccional.
¿Cómo puede desmoronarse en audiencia una detención realizada en esas circunstancias dentro de una investigación por un doble feminicidio?
¿Qué deficiencias encontró el juez?
¿Se incumplieron los plazos de puesta a disposición?
¿Existieron inconsistencias en el informe policial?
¿No se acreditaron correctamente las circunstancias de la detención?
¿Falló la coordinación entre policías y agentes del Ministerio Público?
¿Quién supervisó la presentación del caso?
Posteriormente, Hernán N. y Santiago N. fueron detenidos nuevamente en flagrancia, pero por un delito distinto al doble feminicidio.
Esa segunda detención debe corresponder a otra investigación, cuyo número no aparece en la información entregada a esta columnista y que no debe confundirse con la carpeta 012462/2026.
Al 8 de septiembre de 2026, conforme a la información proporcionada, ninguno de los dos había sido vinculado a proceso por las muertes de Isabel y María Francisca.
No se trata de anticipar responsabilidades ni de vulnerar la presunción de inocencia. Se trata de exigir que una Fiscalía capaz de recibir a dos personas detenidas en flagrancia también sea capaz de presentar una actuación legal, técnicamente sustentada y constitucionalmente válida.
Karla Michelle Salas no integra ni litiga personalmente cada carpeta de investigación. Esa responsabilidad corresponde a los agentes del Ministerio Público adscritos a su área.
Pero la fiscal especializada sí dirige la institución, organiza sus recursos humanos, supervisa el trabajo ministerial y responde por las condiciones en las que opera su personal.
La titular de una Fiscalía no tiene que realizar personalmente cada diligencia.
Tiene que garantizar que quienes las realizan sepan hacerlas.
Por eso el caso de Cuetzalan no puede explicarse únicamente como el error de un agente del Ministerio Público.
La Fiscalía General del Estado debe informar quiénes participaron en la detención y puesta a disposición, cuáles fueron las deficiencias advertidas por el juez, qué medidas correctivas se adoptaron y si se inició algún procedimiento para deslindar responsabilidades.
También debe explicar por qué, después de una detención presentada como flagrante por un doble feminicidio, la investigación no había conseguido llevar a Hernán N. y Santiago N. a una vinculación a proceso por esos hechos.
Cuetzalan no es el único caso que despierta dudas.
La investigación por la muerte de Karla Valeria ya había exhibido una actuación institucional que dejó más preguntas que certezas.
Sus padres relataron públicamente que, durante una reunión con Karla Michelle Salas, se les sugirió que la muerte de su hija podía tratarse de un suicidio.
La familia rechazó esa posibilidad, se manifestó y denunció públicamente las inconsistencias que encontraba.
También cuestionó que Yeudiel N., esposo de Karla Valeria, fuera considerado inicialmente como testigo, a pesar de que, según la versión familiar, fue señalado en la propia escena.
Después de la presión pública, la Fiscalía sostuvo que continuaba recabando datos de prueba.
Finalmente se obtuvo una orden de aprehensión contra Yeudiel N.
Que la investigación haya avanzado no borra lo ocurrido al principio.
¿Por qué se consideró inicialmente la hipótesis del suicidio?
¿Qué indicios la respaldaban?
¿Se aplicó desde el hallazgo del cuerpo el protocolo correspondiente para investigar toda muerte violenta de una mujer con perspectiva de género?
¿Qué nuevos datos permitieron descartar aquella hipótesis y solicitar una orden de aprehensión?
Las familias no deberían manifestarse para conseguir que una muerte sea investigada correctamente.
La presión mediática no puede convertirse en una diligencia ministerial ni las protestas deben funcionar como requisito para que una Fiscalía profundice en un caso.
Karla Valeria pudo presentarse como un tropiezo aislado. Lo sucedido con Isabel y María Francisca obliga a preguntarse si estamos frente a un patrón de fallas.
Y entonces aparece otro elemento: el debilitamiento técnico de la Unidad de Feminicidios.
Fuentes internas afirman que durante la gestión de Karla Michelle Salas han salido o sido reasignados agentes del Ministerio Público con experiencia acumulada en la investigación de feminicidios.
Entre los movimientos señalados se encuentra la renuncia de una agente identificada como Ariadna, adscrita a Feminicidios; el traslado de otra agente de nombre Andrea a una Fiscalía especializada distinta, y el cambio de Francisco, quien se desempeñaba como Ministerio Público de unidad.
Las fuentes sostienen que no son los únicos movimientos y que gran parte del personal que actualmente trabaja en esa área es nuevo en la materia.
Nadie es propietario de un cargo público y toda institución tiene facultades para reorganizar a su personal.
Pero en una Unidad de Feminicidios la experiencia no constituye un privilegio burocrático: representa conocimiento acumulado sobre preservación de indicios, cadena de custodia, perspectiva de género, construcción de una teoría del caso, judicialización y litigación ante los tribunales.
Retirar o permitir la salida de personal experimentado sin garantizar una sustitución técnicamente preparada puede comprometer investigaciones completas.
La Fiscalía debe transparentar cuántos agentes han renunciado, cuántos fueron trasladados, quién ordenó esos movimientos, cuáles fueron las razones y qué experiencia tiene el personal que llegó a reemplazarlos.
También debe aclarar si existe alguna relación entre ese reacomodo institucional y las fallas que ya comienzan a observarse en casos concretos.
Una carpeta deficientemente integrada hoy puede producir una sentencia absolutoria dentro de dos o tres años.
Para entonces, quizá quienes tomaron las decisiones ya no ocupen el cargo. Las víctimas y sus familias, en cambio, seguirán viviendo con las consecuencias.
En este punto reaparece inevitablemente Israel Valdés Cruz.
Las fuentes consultadas sostienen que algunos movimientos de personal se habrían producido por diferencias con él y aseguran que determinadas decisiones dentro de la Unidad de Feminicidios necesitarían su aprobación.
Por la gravedad del señalamiento, esta columna no presenta esa versión como un hecho acreditado.
La atribuye expresamente a personas que conocen el funcionamiento interno de la institución y considera que debe ser investigada.
La Fiscalía debe responder si Israel Valdés tiene actualmente algún nombramiento, comisión o atribución dentro de la dependencia; si participa en reuniones; si interviene en movimientos de personal; si conoce información reservada y si emite instrucciones relacionadas con las unidades encargadas de investigar feminicidios.
El tema ya no es la vida privada de una funcionaria.
El problema comienza cuando una relación personal puede atravesar la puerta de una institución pública e influir en decisiones que solamente corresponden a servidores públicos legalmente facultados.
Mientras estas preguntas se acumulan, Karla Michelle Salas presume cifras que tampoco terminan de cuadrar.
En una nota publicada el 5 de agosto de 2026 se informó que, en lo que iba del año, la Fiscalía había obtenido seis sentencias condenatorias por feminicidio, pese a haber iniciado cinco carpetas de investigación.
La relación entre ambos números fue presentada como una efectividad del 120 por ciento.
La operación aritmética es sencilla: seis entre cinco equivale a 1.2.
El problema no está en la división, sino en aquello que se pretende medir con ella.
Una sentencia y una carpeta de investigación no son unidades equivalentes. De una sola carpeta pueden derivar sentencias contra más de una persona. Además, las condenas dictadas durante 2026 no necesariamente corresponden a investigaciones iniciadas durante 2026.
Para que una carpeta por feminicidio llegue a juicio pueden transcurrir varios años. Por lo tanto, esas sentencias pueden provenir de investigaciones iniciadas en 2023, 2022, 2021 o incluso antes.
Comparar sentencias derivadas de investigaciones antiguas con carpetas iniciadas durante el año en curso no permite medir la efectividad de una Fiscalía. Se están mezclando asuntos diferentes, etapas procesales distintas y periodos que no son comparables.
Además, los datos atribuidos al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública registraban seis carpetas por feminicidio en Puebla entre enero y julio de 2026, no cinco.
Aquí le dejo el link para que pueda corrobar lo que menciono:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1058530/RNID-Delitos-2026_jul26.pdf
La diferencia podría obedecer a fechas de corte distintas, pero precisamente por eso la Fiscalía debe explicar qué periodo utilizó, cuáles fueron los casos incluidos y mediante qué metodología obtuvo su porcentaje.
Algo semejante ocurrió con los resultados de 2025.
Karla Michelle Salas destacó que se habían obtenido 28 sentencias condenatorias por feminicidio, con una supuesta eficiencia del 112 por ciento, derivada del seguimiento de investigaciones iniciadas en distintos periodos.
La propia explicación exhibe la inconsistencia: si las investigaciones comenzaron en periodos distintos, esas sentencias no pueden presentarse como el resultado exclusivo del trabajo realizado durante un solo año ni atribuirse por completo a la administración actual.
Las sentencias importan.
Cada condena correctamente obtenida representa una respuesta para una víctima y su familia. Pero también debe reconocerse el trabajo de los agentes, peritos y equipos que construyeron esas carpetas durante años.
Presumir resultados heredados mientras se sustituye al personal que ayudó a conseguirlos sería, cuando menos, una enorme contradicción.
La eficacia institucional debe evaluarse comparando asuntos que pertenezcan al mismo universo: carpetas iniciadas, investigaciones judicializadas, vinculaciones a proceso, órdenes de aprehensión solicitadas y ejecutadas, acusaciones presentadas, juicios concluidos, condenas, absoluciones y tiempos de resolución.
Dividir sentencias históricas entre carpetas nuevas puede producir un porcentaje espectacular.
Lo que no produce es una medición seria.
El 120 por ciento existe en la calculadora.
La Fiscalía 120 por ciento eficaz solamente existe en el discurso.
Estos dos casos representan tres mujeres asesinadas en menos de dos meses: Karla Valeria, Isabel y María Francisca.
El dato contrasta con las seis carpetas por feminicidio registradas entre enero y julio de 2026 y obliga a observar cuidadosamente qué está ocurriendo durante el segundo semestre.
No tengo elementos para afirmar que existe corrupción. Sí existen testimonios, contradicciones, deficiencias y cifras que justifican una revisión profunda.
No basta con afirmar que se investigará.
Tampoco será suficiente publicar otro comunicado lleno de porcentajes.
Lo que está ocurriendo exige decisiones inmediatas.
Por eso hoy me dirijo directamente a la fiscal general del Estado, Idamis Pastor Betancourt:
Fiscal, póngase las pilas.
La Red de Organizaciones por la Defensa de los Derechos Humanos de las Mujeres Indígenas y la Equidad de Género en Nuestras Comunidades,RODMI ya exigió una investigación exhaustiva.
Los familiares ya reclamaron justicia.
Desde el interior de su propia institución se están denunciando deficiencias, salidas de personal y decisiones que deben aclararse.
¿Qué más necesita para actuar?
Ordene una revisión completa de la carpeta 012462/2026 y explique por qué una detención presentada como flagrante por un doble feminicidio no consiguió superar el control judicial. Identifique quiénes participaron, determine cuáles fueron las deficiencias y establezca las responsabilidades correspondientes.
Revise los cambios, renuncias y movimientos dentro de la Unidad de Feminicidios. Verifique si el personal que sustituyó a los agentes experimentados cuenta con la preparación necesaria.
Audite las carpetas iniciadas durante la actual administración antes de que sus posibles deficiencias lleguen a juicio y sea demasiado tarde para corregirlas.
Investigue también si Israel Valdés Cruz interviene, directa o indirectamente, en decisiones de la Fiscalía de Género.
Aclare si tiene nombramiento, acceso a información reservada o participación en movimientos de personal.
Si no tiene facultades legales, no permita que vuelva a cruzarse la línea entre una relación personal y el ejercicio del poder público.
Y, sobre todo, limpie su Fiscalía.
Límpiela de intereses personales, de influencias sin nombramiento, de improvisación y de cifras diseñadas para el aplauso.
No permita que se salgan con la suya quienes hoy pueden estar comprometiendo investigaciones que llegarán a juicio cuando ellos ya no ocupen el cargo.
Porque la Red de Organizaciones por la Defensa de los Derechos Humanos de las Mujeres Indígenas y la Equidad de Género en Nuestras Comunidades, RODMI no tendría que recordarle a la Fiscalía su obligación de investigar. Las familias no deberían salir a las calles para exigir que se haga el trabajo ministerial.
Y las mujeres indígenas de Cuetzalan no pueden recibir como respuesta una carpeta que se derrumba frente a un juez.
Usted encabeza la Fiscalía General del Estado.
Lo que sucede dentro de la Fiscalía de Género también es su responsabilidad.
Ya no puede decir que no lo sabía.
Los casos están ahí, las cifras no cuadran y las voces provenientes de su propia institución están advirtiendo lo que ocurre.
Actúe antes de que las deficiencias se conviertan en absoluciones.
Actúe antes de que otra familia tenga que salir a las calles para obligar a la Fiscalía a investigar.
Actúe antes de que el debilitamiento de la Unidad de Feminicidios termine por destruir investigaciones completas.
Una Fiscalía no se limpia con discursos.
Se limpia investigando, corrigiendo y sancionando.
Porque cuando una cifra se cae, puede corregirse en el siguiente comunicado.
Pero cuando se cae una carpeta de feminicidio, no solamente fracasa un Ministerio Público: fracasa toda la Fiscalía.
Y mientras la institución se reparte las culpas, la impunidad vuelve a salirse con la suya.
Y ahora me dirijo al gobernador Alejandro Armenta Mier:
Gobernador, no permita que el trabajo realizado para instalar y fortalecer las Casas Carmen Serdán quede opacado por los graves señalamientos de corrupción, ineficiencia e intereses personales dentro de la Fiscalía Especializada de Género.
Resultaría profundamente contradictorio abrir espacios para proteger a las mujeres mientras la institución responsable de procurarles justicia permite que sus investigaciones tropiecen y se debiliten frente a un juez.
Isabel y María Francisca eran dos mujeres indígenas.
No permita que sus nombres se conviertan en otra cifra ni que su doble feminicidio termine sepultado entre errores, omisiones y deslindes de responsabilidades.
La autonomía de la Fiscalía no exige el silencio del gobernador.
Usted puede y debe alzar la voz, respaldar a las familias y exigir públicamente a Idamis Pastor que investigue, corrija y limpie la institución que encabeza.
Una parte decisiva de la solución está en sus manos.
No permita que se salgan con la suya quienes pueden destruir desde dentro el esfuerzo que su gobierno presume realizar para proteger a las mujeres.
Las Casas Carmen Serdán no pueden ser la puerta abierta a la protección mientras la Fiscalía de Género se convierte en la puerta de salida hacia la impunidad.