Por Karina Fernández
Por mayoría de votos, diputados locales frenaron la iniciativa de reforma al artículo 190 Bis del Código Penal del estado para sancionar hasta con 10 años de cárcel al transporte público “pirata” y gruyeros que ofrezcan sus servicios sin permiso de la autoridad.
En sesión ordinaria se enlistó el dictamen aprobado en comisiones para reformar el ordenamiento en cuestión a propuesta del gobernador Miguel Barbosa Huerta.
Sin embargo, a propuesta de la coordinadora de la bancada del PAN en el Congreso, Mónica Rodríguez Della Vecchia fue devuelta a la Comisión de Procuración y Administración pues consideró que no hay justificación para incluir a las grúas.
Desde la tribuna, la panista argumentó que el dictamen no incluía razón o motivo para proponer a los prestadores de servicios de arrastre, salvamento o depósito de vehículos cuando no cuenten con el permiso o concesión expedida por la autoridad competente.
“Todos podemos imaginar las razones y estar o no de acuerdo, pero no basta. Deben constar en la exposición de motivos y se omitió justificarla. Por eso sometes a su consideración el reenvío del dictamen a comisiones para su corrección”, plateó.
La propuesta de la albiazul fue avalada con 17 votos a favor de los integrantes de las fracciones del PRI y del PAN, Movimiento Ciudadano, PRD, los diputados sin partido y el diputado de Morena, Arturo de Rosas, mientras que en abstención voto la también morenista Vianey García.
Todo esto en una segunda ronda de votaciones ya que en un primer momento se generó un empate entre quienes se manifestaban a favor y en contra de frenar el dictamen.
La iniciativa enviada por el gobernador del estado sólo consideraba al trasporte público y mercantil para la aplicación de ocho meses a seis años de prisión y multa de cien a 500 Unidades de Medida y Actualización cuando no cuenten con la concesión y el permiso correspondiente.
En comisiones los diputados decidieron incluir en este artículo el servicio de arrastre, bajo el argumento de que este servicio también es un negocio que al interior del estado sigue funcionando de manera irregular en perjuicio de quienes contratan los servicios.
El dictamen devuelto a comisiones establece además que el castigo podrá aumentar hasta en dos terceras partes (alcanzar los 10 años de prisión y multas por 71 mil pesos) cuando intervengan socios, por ejemplo facilitando la unidad que se encuentre en circulación.