24-11-2024 04:58:51 PM

TEPJF desecha queja de Morena

Por Shanik David

 

Por considerar que quedó sin materia el recurso que presentó Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por el retraso de las autoridades electorales locales para tramitar las impugnaciones en contra del resultado de la elección a gobernador, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó el asunto.

Fue el 21 de julio que Morena acudió ante la Sala Superior del Tribunal para acusar “la omisión e inactividad del Instituto Local de dar trámite y remitir al Tribunal del Estado la impugnación referida, así como la diversa omisión del Tribunal local de requerirla”.

Ante la presentación del recurso, el cual quedó registrado con el número de expediente SUP-AG-99/2018, la Sala Superior requirió un informe tanto al Instituto Electoral del Estado (IEE) como al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

Esto derivo en que no sólo se enviara el informe, sino que el IEE turnó el primero de los recursos de inconformidad contra el cómputo final de la elección al TEEP.

Además, según se da cuenta en la resolución del caso, el 23 de julio Morena presentó un nuevo oficio en el cual “señaló que si bien, el Consejero Presidente del Instituto local había remitido al Tribunal del Estado la documentación relativa a un expediente del recurso de inconformidad presentado por Morena, había omitido dar trámite a otros veintisiete recursos de inconformidad vinculados con la elección de la gubernatura del estado”.

Sin embargo, mientras se realizaron estas manifestaciones el IEE envió todos los expedientes al TEEP, por lo que la inconformidad del partido quedó sin materia, determinaron los magistrados de la Sala Superior.

Es decir, dado que las autoridades electorales completaron el trámite administrativo necesario de las impugnaciones el asunto quedó sin materia, por lo que no se emitió ningún posicionamiento concreto sobre la actuación de los consejeros o magistrados de Puebla.

La sentencia del caso se puede consultar en: http://www.te.gob.mx/EE/SUP/2018/AG/99/SUP_2018_AG_99-787064.pdf.

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