La sentencia precisó que los códigos civiles –como el poblano– que conciben el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, con el fin de perpetuar la especie, son inconstitucionales y discriminatorios.
La decisión trajo consigo una discusión –esperada y tardía–sobre la reforma al código civil poblano, a fin de incorporar la posibilidad de que el matrimonio se lleve a cabo entre personas del mismo sexo.
La sentencia de la Corte no obliga (en sentido estricto) a cambiar el código civil. Empero, si el criterio de la Corte se entiende como un parámetro de constitucionalidad de los distintos ordenamientos que puedan verse afectados por su decisión, el Congreso de Puebla tiene la obligación (en sentido amplio) de cambiar el código poblano.
Ahora mismo es clarísimo (como lo era antes, solo que los conservadores se negaban a reconocerlo) que el código civil no se ajusta a la constitución; en otras palabras, es inconstitucional y discriminatorio. Si algunos necesitan que una corte así lo determine, tendremos que esperar algunos meses para que ello ocurra, pero el resultado se puede anticipar.
Cambiar el código civil traería, al menos, un par de beneficios: por un lado, se daría pleno reconocimiento a la unión de matrimonios entre personas del mismo sexo en sede del Congreso (el espacio de “pluralidad” por excelencia) y ello haría más fácil la adopción de cambios burocráticos que la reforma acarrearía.
Por otra parte, en una visión utilitarista, reformar el código civil poblano ahorraría litigios y tiempo para todas las partes. Evitaría el dispendio de nuestros impuestos para defender posiciones que ya se declararon inconstitucionales. No hay necesidad de gastar el presupuesto en necedades.
Un escenario alterno, aunque poco explorado, sería que los Presidentes Municipales (y Jueces del Registro Civil, en específico) lleven a cabo bodas entre personas del mismo sexo, independientemente de que esa figura no se prevea en el código civil poblano. Los funcionarios estarían cumpliendo con lo que dicta la constitución (tal y como lo interpretó la Corte), y dejarían de aplicar una norma discriminatoria que los convierte en cómplices de una discriminación. Se trata de un escenario riesgoso, pero constitucional.
En todo caso, el Congreso de Puebla tiene la palabra. Su conservadurismo es entendible; su necedad, por el contrario, es injustificable.
Tiempo extra
Primero. Igual o mayor preocupación sigue siendo la reforma al Código Penal poblano para despenalizar el aborto. Es un herida que sangra con cada mujer poblana que es tachada de criminal por una sociedad y una autoridad decimonónicas.
Segundo. Vaya nervios y desastre de pre-campaña de Antonio Gali. Si quiere andar en campaña en el interior del Estado, está en todo su derecho, pero que renuncie.