19-04-2024 10:23:38 AM

Comisión aprueba sin cambios reforma para ampliar indulto

Por Karina Fernández

 

La Comisión de Procuración y Administración de Justicia en el Congreso del estado aprobó la iniciativa de reforma al artículo 122 del Código Penal enviada por el gobernador Miguel Barbosa para ampliar los casos y criterios para otorgar el indulto a personas privadas de la libertad.

A un día de que el mandatario poblano envió la propuesta, los diputados que integran dicho órgano de deliberación dieron trámite al oficio que tuvo cambios menores en la redacción.

La diputada por el Partido del Trabajo (PT), María del Carmen Cabrera Camacho explicó que la reforma impide que un sentenciado pueda ampararse para recibir el perdón aun cuando cumpla con los criterios que establece el artículo.

Para ello puntualizó que la legislación establecerá que sólo el titular del Poder Ejecutivo será el facultado para otorgar el indulto de manera excepcional y discrecional a los presos que refiera el citado artículo.

“De manera excepcional y discrecional el gobernador podrá otorgar el indulto por cualquier delito del orden común que no sea de los que merezca prisión preventiva oficiosa o se clasifique como graves por la ley, previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción en el que se informe respecto a la viabilidad y no del beneficio, expresando razones y fundamentos”, citó.

El indulto debe considerar cuestiones humanitarias sociales o de equidad, cuando se hayan violado derechos graves de los sentenciados y cuando se haya observado buena conducta durante su reclusión, pues debe revisarse si socialmente puede ser reintegrado.

Se otorgará a quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: Se trate de un persona indígena víctima de discriminación por su pertenencia a un grupo, etnia o diversidad cultural u otra violación grave similar a sus derechos humanos analizando sus usos y costumbres.

Cuando sean mayores 70 años y hayan cumplido al menos una cuarta parte de la pena privativa de la libertad; que padezcan una enfermedad en fase terminal dictaminada por un médico especialista o perito de alguna institución de salud pública, independientemente de la pena.

Que haya realizado acciones destacadas en beneficio de la comunidad siempre y cuando se hayan realizado de manera lícita; en mujeres con una pena privativa menor a 5 años desde una perspectiva de género, y cuando se trate de delitos de carácter político.

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