Por Rocío García Olmedo
¿El Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador nos está mintiendo?
El viernes anterior, anuncia una consulta popular para que el “pueblo decida” continuar o no con la obra del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAICM), “vía mesas que se instalarán para recibir votos en todo el país” incluso mencionando también “una encuesta nacional vigilada por el pueblo” pero al escuchar este anuncio me pareció descabellado, que el Presidente electo haya olvidado que a partir de marzo del año 2014, existe una Ley Federal de Consulta Popular (LFCP) que regula la fracción VIII del Artículo 35 de nuestra Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y que determina justamente el procedimiento a seguir para convocar una Consulta Popular, quiénes son las instituciones responsables de llevarla a cabo, y señala también, que una Consulta Popular debe ser concurrente con una elección federal. ¿Sabiendo esto, cómo entender entonces que el Presidente electo manda a una Consulta Popular incluso señalando fechas, sin acatar lo que marca la normativa?
No es por supuesto una idea descabellada hacerla, ya que la Consulta Popular –dice la Ley- es el mecanismo de participación por medio del cual los ciudadanos ejercen su derecho, a través del voto mediante el cual, expresan su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional. Menos aún, cuando durante todas sus campañas hemos escuchado reiteradamente que él hará “lo que pueblo decida” lo que habla que esta figura jurídica, será utilizada mucho durante su período de gobierno. Lo descabellado es que él no acate la Ley.
Por ello creo que no pudo habérsele olvidado al Presidente electo, sus asesores tuvieron que habérselo comentado. Esta Ley Federal de Consulta Popular (LFCP) determina que es el Instituto Nacional Electoral, el encargado de su organización y desarrollo (2º Párrafo Artículo 3) y que las Instituciones competentes para la aplicación de esta Ley son el Congreso de la Unión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cada una en sus respectivos ámbitos de sus competencias (1º Párrafo Artículo 3).
Que para iniciar el procedimiento deberá presentar ante cualquiera de las Cámaras del Congreso del Unión su solicitud de petición para realizar esta Consulta Popular (Artículo 26 de la LFCP).
Porque en suma esta Ley (LFCP) tiene por objeto “(…) regular el procedimiento para la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular y promover la participación ciudadana en las consultas populares.” (Artículo 2)
Sólo algo muy importante, que tal vez por la premura -algunos analistas le han dado en llamar hiperactividad- que tiene, también puede olvidar, que la facultad para solicitar una Consulta Popular es del Presidente de la República, -entre otros- (Fracción I del Artículo 12 LFCP), así que deberá esperar a rendir la Protesta de Ley para solicitarlo. De ahí que ese resultado definitivo que dijo no podrá darlo en el mes de Octubre.
Y aprovechando sería muy bueno también como tema de trascendencia nacional que es, que la construcción del Tren Maya, se someta a este mismo procedimiento de Consulta Popular, no sólo por los miles de millones de dólares que tendrán que invertirse para su construcción, también porque puede trastocar la biodiversidad de esa región, por protección ambiental y hasta por revisar que no se destruyan áreas naturales protegidas por UNESCO que recorrerá, es un tema muy importante en el que el pueblo debe opinar también.
El Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador nos está mintiendo.
Anuncia una consulta popular para que el “pueblo decida” lo que él ya decidió y la enmascara “convocando” a una Consulta Popular que pretende hacer sin acatar lo que marca la Ley. Me pregunto entonces ¿Qué autoridad supone sea, la que realice la declaratoria de validez del proceso de consulta popular al que convoca?
¿Será que como ya es Presidente electo, ha cambiado de opinión y ya no quiera -como lo había venido sosteniendo desde hace más de una década- “establecer un verdadero Estado Democrático de Derecho en el país” y ya no quiera tampoco aplicar “al pie de la letra el criterio de “Al margen de la Ley, nada; por encima de la ley, nadie”?
Por eso invoco su frase permanente: No robar. No mentir y No traicionar al pueblo.
Consultas Populares, SÍ. Violar la Ley, NO.