03-12-2024 11:30:56 AM

Puebla en indefensión jurídica, ante abusos de Rafael Moreno Valle

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Que viola y atenta contra los principios de Garantías Individuales y Derechos Humanos consagrados en la Constitución Mexicana.

Pero concretemos el significado de indefensión jurídica: Es el estado de desprotección real que el ciudadano y la sociedad padecen ante el embate y agresión de leyes y decisiones de autoridades, que por corrupción o intereses contrarios a las garantías individuales, derechos humanos y el Estado de Derecho, se imponen sobre los ciudadanos y sobre sus propiedades y bienes.

En materia de expropiaciones, este proceder de Moreno Valle está en contra de lo que establece la Constitución federal, cuyo Artículo 2º de la Ley de Expropiaciones –que rige para todas las estatales-, ordena concretamente lo siguiente:

“Para los casos de expropiación comprendidos en el artículo anterior (el que parte de la declaratoria de utilidad pública), la secretaría de Estado competente emitirá la declaratoria de utilidad pública, conforme a lo siguiente…:

… La causa de utilidad pública se acreditará con base en los dictámenes técnicos correspondientes”.

Y aquí aflora de inmediato la primera violación, abuso de autoridad y ausencia de justificación de Moreno Valle: ¿Dónde están los correspondientes y justificados dictámenes técnicos que para expropiar ordena el mandato federal?

¿A partir de qué Moreno Valle justifica técnicamente la expropiación de los 17 predios en San Andrés y San Pedro Cholula? ¿Acaso con la maqueta que mandó hacer para salir en la foto del “proyecto” de Plaza de las 7 culturas?

Obvio, no los hay porque lo que rige en éste caso, y en obra y servicios públicos y no públicos, es el absolutismo del Gobernador, quien de paso y en plena e ilegal ausencia de transparencia, omite todo el procedimiento técnico jurídico para la ejecución de todo proyecto público.

VIOLA RMV ORDENAMIENTOS EN LEY DE OBRA Y SERVICIOS PÚBLICOS, Y ADQUISICIONES

Aquí los casos de violación a las leyes del ramo y que abarcan hasta a las pocas constructoras poblanas que han tenido la osadía de contratarle servicios al Gobierno Estatal, y a las que arbitrariamente no se les paga y por capricho.

Estas son las omisiones legales:

1.- La planeación que implica el análisis integral del que debe partir la iniciativa para la justificación legal, técnica y financiera de todo proyecto.

2.- La integración técnica del proyecto ejecutivo.

3.- La correspondiente integración y justificación del presupuesto o costo real del proyecto, que no admite cuentas alegres o sobre-costos ni tráficos del gobernante.

4.- La autorización del presupuesto ajustada a ley y costo real del proyecto.

5.-La licitación del proyecto que rebasando el promedio de 700 mil pesos debe ir a licitación pública, no como lo ha hecho Moreno Valle que tiene arreglo con empresas foráneas, que las elige por dedazo.

6.- La ejecución técnica de la obra o proyecto.

7.- La supervisión que vigila la correcta ejecución del proyecto de acuerdo a las especificaciones técnicas de obra.

8.- Y la entrega-recepción que incluye responsabilidades posteriores por fallas y vicios ocultos de ejecución, y en caso de que los haya, el costo es para la empresa contratada y no para el gobierno.

Ilegalmente Moreno Valle se salta todo este proceso, de lo cual se derivan inflamiento de costos; fallas por omisiones y vicios ocultos como los sucedidos en los puentes “Zaragoza”, “Carlos Camacho”; los nuevos pavimentos de concreto; en las múltiples fallas de obras en pueblos mágicos, etc.

En todos ellos Moreno Valle le suele meter lápiz y cuentas alegres, que entre otros beneficia a sus amistades y amigos, como el caso del dueño del periódico Síntesis, de quien por cierto no se sabe de dónde le salió lo constructor.

En este caso, lo que sí se sabe -porque salió del propio Moreno Valle-, es que le paga facturas de precampaña, desde que el hoy Gobernador era Senador. Ya desde entonces comentó: “Si gano la gubernatura, él ya sabe que le irá muy bien”.

¿Por qué le iba a ir muy bien al dueño de Síntesis? Porque a diario lo ventaneaba “gratis” en las primeras planas de Síntesis.

NO HAY JUSTIFICACIÓN TÉCNICA EN LAS 17 EXPROPIACIONES

Por tanto y en cuanto a lo relacionado con las 17 expropiaciones en San Andrés y San Pedro Cholula, lo evidente es que están partiendo de una ilegal indefinición de lo que constitucional y técnicamente es el fin de utilidad pública.

¿Qué desde el punto de vista constitucional y técnico es UTILIDAD PÚBLICA?

En consulta con un ex Magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hay utilidad pública cuando se expropia para beneficio colectivo.

Y ejemplifica: “Cumplen con el principio de utilidad pública la apertura de calles, avenidas, mercados municipales, parques públicos, y todo lo que justifique y satisfaga necesidades colectivas. En Puebla, ejemplos de lo que incumple con el fin de utilidad pública los tenemos en Angelópolis, donde se expropió ex profeso para beneficio de grupos políticos y financieros, no para fines colectivos”.

Así que frente a todo lo arriba expuesto, Moreno Valle podrá esgrimir que las 17 expropiaciones en San Andrés y San Pedro Cholula son para instalar la llamada Plaza de las Siete Culturas, pero además de que incumple con el ordenamiento federal de los “dictámenes técnicos correspondientes” que justifiquen la expropiación, viola los términos hasta de su propia Reforma a la Ley de Expropiaciones.

Tan así, que ni el plazo establecido de doce días se dio a los propietarios para que se defendieran pues de inmediato tomaron sus predios, y así, fueron atropellados en sus garantías individuales y derechos humanos consagrados en la Constitución Mexicana, específicamente en lo se refiere a la Garantía de Certeza y Seguridad Jurídica.

O sea, les fueron violados todos derechos y posibilidades de defensa, y al caer en indefensión jurídica quedan a expensas de la arbitrariedad de Moreno Valle, quien para sacar adelante “su” proyecto, intentó descargar su responsabilidad sobre Leoncio Paisano y José Juan Espinosa, alcaldes de San Andrés y San Pedro Cholula, respectivamente.

Muy concretamente, los afectados quedan en indefensión jurídica debido al nuevo procedimiento para expropiar de Moreno Valle:

1.- El Gobernador emite el Decreto de Utilidad Pública.

2.- De inmediato y sin notificación a los afectados, se anota la expropiación en el Registro Público de la Propiedad.

3.- Enseguida el Gobierno puede tomar posesión del bien expropiado.

4.- Se da al afectado un plazo máximo de dos años para ganar y revertir la expropiación. Si en ese lapso el expropiado no vence corrupción, burocracia y trabas sin fin, en definitiva pierde sus bienes.

5.- Sin embargo, si durante el periodo de litigio el afectado lo gana pero el Gobierno estatal ya construyó y aplicó dinero en lo expropiado, el otrora dueño queda obligado a pagar a la autoridad la inversión. Es decir, si el predio o inmueble tiene  costo de un millón de pesos y la autoridad estatal esgrime que le metió 20 millones, para recuperarlo el ciudadano debe restituirle 19 millones de pesos a la autoridad.

O sea, de todos modos lo pierde, a causa de la indefensión jurídica en que lo coloca la Reforma a la Ley de Expropiaciones ordenada por Moreno Valle.

PUEBLA EN INDEFENCIÓN JURÍDICA ANTE ABUSOS EN GASTO Y RECAUDACIÓN

Aquí otras áreas en que por una parte Moreno Valle ha procedido para aumentar la recaudación a su favor, y por otra, cómo sus imposiciones han ido colocando a la sociedad en indefensión jurídica.

1.- Gasto en obra y servicios públicos: oscuro, exorbitante e injustificado sobre-costo en puentes, pavimentaciones, pueblos mágicos, concesiones, carreteras, escuelas, clínicas, cuya mayoría ha carecido de procedimientos, concursos y licitaciones de ley y entregada en directo a empresas no poblanas. En este ámbito, hay una brutal deuda pública disfrazada y tráfico en concesión de servicios públicos.

Adicionalmente y en igual estado de indefensión jurídica se ubica toda naturaleza de empresas poblanas, que por decreto han sido excluidas de los beneficios socioeconómicos que debe cumplir el gasto público estatal porque no es patrimonio de Moreno Valle, sino que deriva de los impuestos que todos pagamos.

2.- Recaudación y cobro de servicios públicos:

  • En agua: exorbitantes aumentos en tarifas y cobros “fantasma” con amenaza de embargos.
  • En uso de vehículos: aumento injustificado en licencias, tarjetones, multas y trámites; confiscación de miles de vehículos automotores con millonaria recaudación; cursos obligados de capacitación semestral a conductores del transporte público; aumentos excesivos en todo trámite; cuentas alegres en cobro de recargos por todo.
  • Carreteras de cuota: injustificado aumento de tarifas; en todas se canceló el pago con tarjetas; sólo admiten cash. ¿A qué se debe?
  • Foto-Multas: Más que para prevenir accidentes, para recaudar y en acumulado la recaudación es cuantiosa.
  • Registro Público: Retirado a Juntas Auxiliares para aumentar la recaudación al Gobierno Estatal.

3.- Control administrativo del Poder Judicial: En contra de la autonomía de poderes ordenada por la Constitución Mexicana, actualmente el gobierno de Moreno Valle asumió la administración y control del presupuesto con que opera el Poder Judicial.

O sea que si la Constitución local le permite proponer una terna para nombrar al Presidente del Tribunal y puede imponer al quien se le antoje, ahora tiene también el control del dinero destinado para la administración de justicia.

Es decir, Puebla padece una anticonstitucional indefensión jurídica que plagada de corrupción, viola garantías constitucionales.

PRI Y PEÑA NIETO; COMBATE A LA CORRUPCIÓN ABARCA A MORENO VALLE

Tan es real y evidente el problema de la corrupción en México, que para el próximo periodo de sesiones en el Congreso dela Unión, uno de los procedimientos de la gestión Peña Nieto y de su partido el PRI, consistirá en ir por iniciativas de reforma para el combate a la corrupción, la falta de transparencia y acceso a la Información pública, justo de lo que padece el gobierno de Rafael Moreno Valle. Pronto habrá respuesta de la sociedad.

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