17-05-2024 05:02:00 AM

Los derechos de los jóvenes

Responsable del Programa de la Mujer y la Niñez

El 12 de agosto fue declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas como el día internacional de la juventud, mediante Resolución N° 54/120 del año 1999, cumpliendo con la recomendación de la Conferencia Mundial de Ministros de Asuntos de la Juventud, realizada un año antes.

En 1985, la Asamblea General definió por primera vez el término juventud, con motivo del Año Internacional de la Juventud. Al suscribir las Directrices para la planificación de nuevas medidas y la adopción de medidas complementarias adecuadas en la esfera de la juventud, la Asamblea General definió a los jóvenes, a efectos estadísticos, como personas de 15 a 24 años.

En 1995, cuando, en su resolución 50/81 de 14 de diciembre de 1995, aprobó el Programa de Acción Mundial para los Jóvenes hasta el año 2000 y años subsiguientes, la Asamblea General reiteró que las Naciones Unidas definían la juventud como la cohorte de edades entre 15 y 24 años. Sin embargo, señaló también que, dejando de lado la definición estadística del término “joven” ya mencionada, el término tenía diferentes significados en las diferentes sociedades del mundo y la definición de “joven” había variado constantemente con las fluctuaciones de las circunstancias políticas, económicas y socioculturales. Sin embargo, desde 1985, todos los servicios de estadísticas del sistema de las Naciones Unidas han venido utilizando la cohorte de edades entre 15 y 24 años para recopilar las estadísticas mundiales sobre la juventud.

En nuestro Estado, en enero de 2001, se publica el Decreto por el cual fue creado el Instituto Poblano de la Juventud, el cual entre otros aspectos, tiene encomendado desarrollar una política integral, programas, acciones, capacitación, superación, oportunidades y servicios de calidad, dirigidos a apoyar a la juventud, para lograr una vida digna.

Los Programas, servicios y acciones que el Instituto lleve a cabo, refiere el Decreto, estarán orientados a la población cuya edad queda comprendida entre los 12 y 29 años. (Abarca, por ende, a todo aquel adolescente de 12 años hasta antes de cumplir los 18 años de edad, ya que cuando rebasa dicho margen, es cuando alcanza la mayoría de edad, y por tanto es sujeto de responsabilidad ya sea penal, civil, laboral, administrativa, electoral, entre otras)

No obstante que en nuestra Entidad existen Instituciones de Gobierno, o bien descentralizadas, así como Asociaciones que tienen como fin común el brindar protección, asesoría y defensa de la juventud poblana, lo cierto es que a nivel Internacional existen grandes rezagos en agravio de este sector de población, ya que dada la edad que tienen, ya no son considerados como niños  o niñas, ni tampoco han alcanzado la madurez física y mental como para llamarles adultos o adultas; por tanto es un sector más susceptible en que sus derechos fundamentales se vulneren, y entre lo más representativos que tienen  se encuentran el derecho a la educación, a vivir en un ambiente seguro, tranquilo y respetuoso que les garantice a tener un pleno desarrollo físico, emocional, mental, espiritual y social; que no sean maltratados a través de golpes, ofensas, lastimar sus sentimientos, y que quienes se encuentran a su cuidado NO sean omisos en cubrir sus necesidades más elementales. Ahora bien, hay que recordar que también tienen una etapa de juventud aquellos seres humanos que forman parte de una comunidad indígena, los cuales por supuesto tienen los mismos derechos que cualquier otro individuo, sin embargo, se debe fomentar y respetar su cultura, sus usos, costumbres y tradiciones, su lengua y vestimenta y todo lo que conlleve a conservar su identidad e idiosincrasia.

Finalmente, me gustaría exponer algunos aspectos dados a conocer por la ONU, con motivo del Informe sobre la Juventud mundial en 2005, y se estipula que
•    Muchos jóvenes viven en condiciones de pobreza absoluta, aunque no existan muchas publicaciones al respecto.
•    A menudo, los jóvenes son pasados por alto en las estimaciones nacionales por no ser considerados como personas a cargo, al contrario que los niños.
•    La educación se ha considerado la solución primordial a la pobreza. Sin embargo, la pobreza es una barrera mayor en cuenta a la escolaridad.
•    Muchos jóvenes deben recurrir a un “trabajo empresarial forzado” y a un trabajo autónomo, trabajando a menudo por un salario mínimo en condiciones peligrosas.
•    Los mercados de trabajo de muchos países son incapaces de absorber el cada vez mayor número de jóvenes cualificados con estudios.
•    La pobreza es considerada como una “falta de libertad” que impide a los jóvenes que aprovechen y desarrollen sus aptitudes.
•    La pobreza también se caracteriza por un acceso limitado a los servicios públicos, como el suministro de agua potable, las carreteras, la asistencia sanitaria y la educación.
•    Los jóvenes tienen más probabilidades de caer en la pobreza que sus mayores, debido a las incertidumbres y el entusiasmo que caracterizan a la transición de la infancia a la edad adulta, o por motivos de discriminación por edad, particularmente en el mercado del trabajo.
•    La pobreza extrema y la desnutrición hacen que los jóvenes sean más vulnerables a la enfermedad y contribuyen al aumento del riesgo de transmisión del VIH.
•    La pobreza se revela como un factor de riesgo de delincuencia para algunos jóvenes.
•    A menudo, la pobreza de los jóvenes se relaciona con la pobreza de sus padres.
•    Las jóvenes y niñas que son pobres, carecen de estudios o provienen de comunidades indígenas, minorías étnicas, o grupos rurales o de refugiados son las más vulnerables a ser víctimas de la trata.

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