Aunque el proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Poder Legislativo ha levantado ámpula, terminará por ser aprobada, igual que ocurrió con la reforma electoral. De acuerdo al presidente de la Gran Comisión, Guillermo Aréchiga Santamaría, la próxima semana estarían convocando a un periodo extraordinario para tal efecto pues urge establecer la Junta de Coordinación Política para agilizar el trabajo legislativo.
En resumen, el proyecto propone un proceso de entrega recepción transparente y completa de asuntos en trámite, bienes materiales, recursos humanos y recursos financieros. Este proceso sería garantizado por la Contraloría Interna.
Se tipifican sanciones disciplinarias para los diputados: apercibimiento, amonestación simple, amonestación con constancia en actas y diario de debates, descuento en la dieta y remoción de las Comisiones y Comités por el Pleno.
La Gran Comisión es sustituida por la Junta de Gobierno y Coordinación Política que se integrará con los representantes de los grupos y las representaciones parlamentarias. El Presidente será electo a propuesta y votación de los representantes, durará un año en el cargo y podrá ser reelecto por una ocasión.
El voto de los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política será ponderado.
Se crean nuevas áreas: La Contraloría del Poder Legislativo, la Secretaría de Servicios Parlamentarios y el Instituto de Estudios Legislativos, Financieros y Socioeconómicos.
La Mesa Directiva se integrará por Presidente, Vicepresidente y tres Secretarios; durará en funciones un año; será rotativa. El Presidente ostentará la representación del Congreso, instruirá las sanciones aplicables a los diputados, rendirá el informe anual y dará contestación al informe del Ejecutivo.
El proyecto de reforma también establece que un grupo parlamentario se conforma a partir de dos diputados. Cuando un partido esté representado por un diputado, será una Representación Parlamentaria. Si un diputado se separa de su grupo no podrá constituir uno nuevo pero sí integrarse a otro.
Podrán presentar iniciativas: El Gobernador, los diputados, los Ayuntamientos, el Tribunal Superior de Justicia y los ciudadanos (cuando se reúna el 2.5% de los inscritos en el Registro Federal de Electores).
Por cada periodo ordinario podrá haber una iniciativa preferente para el Ejecutivo, cuando una Comisión no dictamine una iniciativa, el diputado proponente podrá solicitar a la Mesa Directiva que formule una excitativa a la Comisión.
Las comparecencias de funcionarios se decidirán por mayoría del Pleno.
Cuando algún funcionario no acuda o no conteste satisfactoriamente, el Presidente de la mesa directiva se dirigirá a su superior en queja.
Si persiste la omisión el Congreso presentará queja, de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
A través del referéndum, los ciudadanos podrán proponer que una Ley quede insubsistente. Se exceptuarán de este procedimiento: la Constitución, Leyes Orgánicas de los Poderes, Leyes Fiscales y Ley Electoral.
El ejecutivo o el Congreso podrán consultar a los ciudadanos para que expresen su aprobación o rechazo respecto a un ordenamiento o política pública a través del plebiscito, y finalmente se crean nuevas comisiones.