1.- La empresa Agricultura Nacional-de Veracruz S.A. de C.V. (ANAVERSA), explotó en la ciudad de Córdoba el 3 de mayo de 1991, derramando plaguicidas, organofosforados y organoclorados.
2.- E! accidente hizo arder 18 mil litros de Parathión Metílico, plaguicida que afecta a crustáceos, insectos peces, zooplancton, anfibios, moluscos, plantas acuáticas, aves, nemátodos y gusanos planos, las abejas son especialmente sensibles a la sustancia, por lo que se reduce un gran número de polinizadores potenciales para unas especies de plantas; 800 litros de Paraquat, cuyo efecto en la salud son taquicardia, edema pulmonar, convulsiones y muerte; mil 500 litros de Pentaclorofenol que en caso de intoxicación produce deshidratación, coma y fallecimiento, además de ser un probable carcinógeno; y 3 mil litros de Ácido 2,4-D conocido como “Agente Naranja”, utilizados para elaborar pesticidas y fertilizantes y usado criminalmente en toda la Guerra de Vietnam, que desarrolla varios tipos de cáncer, principalmente el linfoma de Hodgkin.
3.- La nube tóxica que provocó, cubrió gran parte de la ciudad con dioxinas que pueden favorecer la formación de células cancerosas, malformaciones y abortos; en realidad la contaminación ocasionada por Anaversa inició mucho antes de la explosión, toda vez que la fábrica no contaba con los mecanismos necesarios de control de emisiones.
4.- A 19 años de la explosión, la Asociación de Enfermos y Afectados de Anaversa,- ha documentado mil 639 personas que han muerto por cáncer derivado de la exposición a los químicos, sólo para 2009 la cifra ascendió a 72 decesos, cantidad conservadora según la presidenta de dicha asociación, Rosalinda Huerta Rivadeneyra, quien en el momento de la catástrofe se desempeñaba como diputada local de la oposición, y que sostiene que “el número de decesos puede superar las 5 mil personas, pero fueron muertes silenciosas, sin asistencia médica e ignoradas”.
5.- Huerta, refiere que un estudio realizado por peritos de Chemical Waste Management (Administración de Desechos Químicos, en inglés), indicó que la combinación afecto a los habitantes que tuvieron contacto con los vapores y el humo toxico, además de que los químicos se infiltraron en los mantos freáticos.
6.- Hasta después de ocurrido el siniestro, y ante la magnitud del problema, la comunidad organizada en una A.C., presentó el caso ante la CNDH, quien emitió la recomendación 99/91, dirigida a Patricio Chirinos Calero (posteriormente Gobernador de Veracruz) y a Jesús Kumate, entonces Secretario de Salud y que a la fecha no se han cumplido las recomendaciones:
a) Investigar los motivos por los cuales fueron otorgadas las licencias sanitarias y de funcionamiento respectivas.
b) Que la Secretaría de Salud llevará cabo un censo integral de la población que estuvo expuesta de manera aguda a la contaminación.
c) La demolición del inmueble en el que se encontraban las instalaciones de la fábrica.
d) Informar a la población sobre los estudios, investigaciones y acciones realizadas, así como de! Plan Nacional de Contingencia para Accidentes Ambientales.
e).- Aunque se reconocen los daños que las sustancias provocan en la población expuesta, hasta la fecha, la Secretaría de Salud se ha negado a realizar estudios sobre su presencia en la sangre, tejido adiposo y la leche materna de los expuestos a estas sustancias como consecuencia del accidente, incluyendo a quienes usan actualmente el agua de pozos contaminados.
7.- Esta conducta evidencia la frivolidad cron que las autoridades han actuado en la investigación del accidente y con la que han exonerado de toda responsabilidad en él a cualquier autoridad involucrada.
8.- La falta de conciencia oficial, llegó al grado de reducir a 119 mil pesos la multa de 238 mil pesos impuesta a la empresa, quien luego de pagarla, los dueños de Anaversa, Luis Javier y Alfonso Quijano, cobraron una póliza por 700 mil pesos a Seguros Zurich-Chapultepec y cambiaron la fábrica al municipio de Izúcar de Matamoros, lugar que carece de políticas de protección civil.
9.- En 1992, en Izúcar de Matamoros, los pobladores exigieron su clausura, y lo lograron temporalmente, no obstante fue reabierta el 28 de febrero de 1996. Ellos quieren el cierre definitivo y solo un 10% está de acuerdo en que continúe trabajando,
El artículo 115 Constitucional Federal concede a los ayuntamientos mexicanos el otorgamiento del “uso de suelo”; el ayuntamiento en funciones (donde sea en México) ordena la apertura o la clausura de cualquier empresa, negocio, taller, área de siembra, cosecha, floresta o bosques, atendiéndose al sentido común sustentado en trabajos técnicos. Si alguien sostiene lo contrario debe probarlo científicamente acudiendo por ejemplo a Green Pace.
Fuente: Dragón. Causas para clausurar la empresa. Irving Castilleros Vera y Karla Inés Olvera Fonseca