El pasado 9 de agosto, se conmemoró el “Día Internacional de las poblaciones indígenas”, esta fecha tiene sustento en la Resolución 49/214 del 23 de diciembre de 1994, de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Hay que recordar que uno de los propósitos de la Organización es la realización de la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión; es por ello que toma en cuenta y reconoce el valor y la diversidad de las culturas y formas de organización social de las poblaciones indígenas del mundo, las cuales tienen la necesidad de mejorar su situación económica, social y cultural, fomentando en todo momento las características distintivas que cada una de ellas tiene.
En ese sentido, se establece que una de las metas a lograr, es el fortalecimiento de la cooperación internacional para la solución de los problemas con que se enfrentan los pueblos indígenas en cuestiones tales como los derechos humanos, el medio ambiente, el desarrollo, la educación y la salud.
Es por ello, que resulta primordial atender problemáticas como:
• La fecundidad temprana y elevada
• En muchos casos la muerte de la madre durante el embarazo o bien en el parto, dada la nula atención en su control.
• Intervalos cortos entre nacimientos de uno y otros hijo o hija.
• Alta mortalidad infantil
• Predominio de desnutrición.
Ahora bien, no obstante que la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 1º prohíbe la discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, entre otras, o cualquiera que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas; y que el artículo 2º reconoce la composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas; aunado a que el artículo 4 de la propia Carta Magna, reconoce que el varón y la mujer son iguales ante la Ley; la realidad desafortunadamente, suele ser diferente.
Prueba de ello, lo constituye el rezago de la mujer en materia educativa, ya que en su mayoría si acuden a la escuela primaria, muy pocas de ellas pueden concluirla, es decir, son solo algunas las que aprenden a leer y escribir y por ende, sus aspiraciones en superación personal son mínimas.
En muchas poblaciones, aún predomina la idea de que la mujer esta hecha para las labores del hogar, el cuidado de los hijos o hijas que tenga, y para trabajar en el campo; esta ideología es compartida no solo por hombres sino también por las propias mujeres quienes por generaciones están acostumbradas a ello, es parte de su rol de vida, y cuando se llega a hablar sobre los derechos que como seres humanos y como mujeres tienen, muy pocas de ellas los ejercitan.
La mejora en su situación económica, social y cultural tiene que ir cambiando al paso del tiempo, con mucho trabajo por parte de las instituciones cercanas a las comunidades indígenas, en donde se fomente la conservación de sus usos y costumbres, de su lengua, y en una palabra de su idiosincrasia, sin que esto conlleve a la violación de sus derecho humanos y mucho menos al de sus garantías individuales.