Por Shanik David
A poco más de dos años del linchamiento de dos encuestadores en Ajalpan, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al gobierno del estado y al ayuntamiento de dicho municipio, en donde se detallan las omisiones en las que incurrieron y cómo esto puso en riesgo la integridad de las víctimas.
En el documento, la Comisión aclara que no se hizo un estudio de la actuación en sí de las personas que cometieron los hechos, pues esto no se encuentra dentro de sus facultades, sino que se enfocaron a estudiar si la actuación de las autoridades fue la adecuada para un hecho de este tipo.
Se hace mención que, por ejemplo, que de acuerdo con una revisión hemerográfica hecha por Raúl Rodríguez Guillén, de 1988 a septiembre de 2017 se habían registrado 862 linchamientos en el país en su calidad de tentativa o consumados; en primer lugar se encuentra el Estado de México con 242 casos, seguido por Puebla con 182.
Otro dato que se presenta es que, de acuerdo con información de la SSP entregada a la CNDH, entre 2013 y el 16 de diciembre de 2016 las autoridades atendieron 16 linchamientos en la entidad, en los cuales se rescataron a 21 personas y otras seis perdieron la vida.
Dado que se tenía este mapeo acerca de la problemática de los linchamientos en la región, la CNDH consideró que “ninguna de esas autoridades adoptó acciones y medidas para su prevención o protocolos de actuación para evitar la consumación del hecho, a pesar de contar con antecedentes y suficiente información de tal índole”.
Sobre el caso del linchamiento del 19 de octubre de 2015, el organismo señala una serie de omisiones por parte de diferentes autoridades, destacando la falta de actuación por parte del presidente municipal Gustavo Lara Torres, quien a pesar de que tuvo conocimiento de los hechos desde las 7 de la noche, tardó cerca de cuatro horas en regresar a la comunidad a pesar de que “se encontraba comiendo a 10 minutos del poblado”.
Y aunque desde la primera comunicación que tuvieron los servidores públicos con él se le dio toda la información de la situación, su única decisión fue remitir a los encuestadores a las oficinas del Ministerio Público “a pesar de que no se estaba ante la flagrancia de un delito y de la imposibilidad de salir de las instalaciones ante el bloqueo de todos los accesos”.
En el análisis de parte de la Comisión, además se apunta que en un escenario de este tipo era necesario que el alcalde tomara en sus manos el control de la corporación de seguridad pública, de modo que se pudieran tomar acciones para garantizar la calma, lo cual fue ignorado por el edil quien dejó la responsabilidad en sus subalternos.
Y si bien el organismo pidió una entrevista con Lara Torres para “contar con mayores elementos en la investigación, sin embargo, la Dirección de Asuntos Jurídico del Ayuntamiento comunicó su negativa, ya que el funcionario ‘se preparaba para rendir su informe de gobierno’”.
Ante esto, la CNDH adelantó que promoverá una denuncia en contra del alcalde ante el Congreso del Estado, para que sea dicha instancia la que determine la sanción correspondiente.
En la recomendación además se señalan faltas cometidas por los propios policías municipales quienes, por ejemplo, dejaron pasar a personas ajenas a la comandancia donde tenían resguardados a los encuestadores, quienes sólo alteraron más a la población que se encontraba afuera del inmueble, además de que no se les dio la protección necesaria a los mismos a pesar de la latente amenaza en contra de sus vidas.
En cuanto al trabajo de la Secretaría de Seguridad Pública, se describe que a pesar de estar cerca de los hechos tardaron entre una hora y media y dos horas en brindar refuerzos a los elementos municipales, quienes ya habían sido rebasados por los pobladores cuando llegaron los policías estatales.
Un elemento que afectó a esto, se indica en el documento, es que la comunicación entre los diferentes mandos de la secretaría estatal se dio por medio de mensajes de Whatsapp y no por medio de los canales y medios oficiales.
También se menciona que un funcionario de la Secretaría General de Gobierno, identificado como AR6, tuvo conocimiento de los hechos desde las 19 horas de ese día, pese a lo cual no cumplió con lo establecido en el «Protocolo para la búsqueda de soluciones pacíficas, el dialogo y el respeto de los derechos humanos”, el cual establece que en un caso de este tipo se le tiene que dar vista tanto a la SGG como a la Secretaría de Seguridad Pública.
Pese a esto, “realizó como única actuación llamadas telefónicas con AR4 e iniciando su traslado a Ajalpan una vez que la violencia detonó, por lo que a su arribo era previsible que las condiciones para la búsqueda del diálogo no fueran las idóneas, limitándose a establecer que fue replegado y posteriormente se retiró del lugar”.