Sin duda de gran trascendencia la reforma hacendaria que se aprobó en Cámara de Diputadas/os la semana anterior, tras un intenso debate y un esfuerzo colectivo y plural, que no crea nuevos impuestos, pero que sí pretende acabar con los privilegios que durante muchos años han generado pobreza y desigualdad en nuestro país.
Es muy difícil aspirar a la unanimidad en temas como estos, sin embargo, es importante difundir algunas de las modificaciones que se hicieron a la Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, recordando que los tres ejes de la reforma son: La seguridad social como derecho, Reestructura Hacendaria y Acelerar el crecimiento.
En Vivienda, se retiró la propuesta de gravar la enajenación. Se retiró la propuesta de gravar intereses y comisiones derivados de créditos hipotecarios. Se retiró la propuesta de gravar el arrendamiento. Se reincorpora la deducción de reservas territoriales con candado de 3 años.
Se retiró la propuesta de gravar colegiaturas.
Se reincorpora la deducción de los costos en materia de tiempos compartidos.
Habrá exención a la enajenación de casas habitación de hasta 700 mil dólares o 3.5 millones de pesos.
Se amplía el régimen de incorporación de 1 a 2 millones de pesos el monto para poder tributar en este nuevo régimen (ISR), con esto quedan incorporados los REPECOS.
Se reincorpora la deducción de los costos en materia de tiempos compartidos. Se reincorpora la deducción de reservas de aseguradoras. Se amplía el plazo a 4 años para permanecer bajo la figura de Shelteras Se determina una nueva Tabla de Tasa de ISR a ingresos superiores a 500 mil pesos anuales.
La deducibilidad de donativos queda fuera del tope de deducciones personales, hasta 7% de los ingresos. Se reincorpora la deducción de aportaciones a fondos de retiro complementarias a las obligatorias por Ley con un tope de deducción de 47%. Establecimiento de calendarios diferidos de pago de ISR.
Cuotas patronales: 2% de SBC permanecen en la subcuenta de vivienda
2.75% de SBC se destina a Subcuenta Mixta
0.25% del SBC se destina a Fondo Solidario
Sector Agropecuario: Ingresos de 0 a 900 mil pesos: 0% de Impuesto
Ingresos de 900 mil a 10 millones: 21% impuesto con contabilidad simple y facilidad administrativa
Ingresos superiores a 10 millones: Régimen general
Restaurantes: Se reincorpora la deducción en consumos al 8.5%
El IVA en los estados de las Fronteras del país que pagaban un porcentaje menor a los restantes Estados, quedó en sus términos, se aprobó su homologación al 16%.
En el Código Fiscal de la Federación (CFF) no se aprobó la propuesta del Ejecutivo sobre Clausula de anti-elusión.
Se aclara la responsabilidad solidaria a accionistas para que respondan con su patrimonio en conductas graves y se establece con claridad el concepto control efectivo. Se exhorta al SAT a establecer gradualmente la Contabilidad por Internet. Prevalecen supuestos de omisión y propuesta de acción que conduzca al delito dentro de responsabilidades penales de administradores, contadores, profesionistas, etc., pero acotadas y sin estigmatizar. Se eliminan las propuestas de responsabilidad penal de las personas morales, entre otras.
En la Ley Federal de Derechos (LFD) la deducción de las inversiones en exploración del derecho especial sobre minería. Repartición de los recursos de los nuevos derechos sobre minería en 40% Gobierno Federal, 30% Estados y 30% Municipios, el destino de los recursos hacia el gobierno federal será a infraestructura.
Se modificó también el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), en relación a combustibles fósiles, a tabacos labrados, se grava con 5% alimentos con alta densidad calórica (270 Kilocalorías por 100 gr. o más) y las bebidas azucaradas se quedan con un incremento de 1 peso por litro. El régimen para pequeños mineros será cuando tengan ingresos hasta 50 millones de pesos. Se pagará un impuesto de 2.5% sobre el precio del gas grisú.
En la Ley Aduanera, se establece que el almacenamiento y custodia gratuita de mercancías en recintos fiscalizados que se encuentren en aduanas será por siete días en lugar de cinco. Se incluye una excepción de responsabilidad solidaria, salvo cuando se utilicen servicios de agente aduanal y éste no resulte responsable. Se obliga al SAT a publicar las reglas para exámenes de agentes aduanales.
Lo anterior son sólo algunas de las más de 100 modificaciones que se hicieron a la Iniciativa original. Sin duda ha sido una reforma con un sentido federalista que comparte con las entidades y municipios el impuesto a la explotación minera e incentiva un mejor gasto y la recaudación a nivel local. Es una reforma que complementa la orientación social del seguro de desempleo y la pensión para adultos mayores con nuevos impuestos que promueven la salud pública y que impulsa la sustentabilidad del desarrollo a través del impuesto a los combustibles fósiles.
En el procedimiento legislativo, este Dictamen ha sido enviado a la Cámara de Senadores/as para su análisis y aprobación en su caso.