Por Karina Fernández
Hasta con 10 años de cárcel podrían castigar a choferes del transporte público, taxis o gruyeros que ofrezcan sus servicios sin contar con los permisos otorgados por las instancias de gobierno, informó la diputada del Partido del Trabajo, María del Carmen Cabrera.
Así lo establece el dictamen que aprobó la Comisión de Procuración y Administración de Justicia en el Congreso del estado, referente a la reforma al artículo 190 Bis del Código Penal del Estado a propuesta del gobernador Miguel Barbosa.
La iniciativa original enviada por el Ejecutivo del estado sólo consideraba al transporte público y mercantil para la aplicación de ocho meses a seis años de prisión y multa de cien a quinientas Unidades de Medida y Actualización cuando no cuenten con la concesión o permiso correspondiente.
Sin embargo, los diputados locales decidieron incluir en este artículo el servicio de arrastre y salvamento o depósito de vehículos que tampoco cuenten con los permisos. Rubros en los que, por cierto, Antorcha Campesina tienen negocios.
“532 Si en la comisión delictiva interviene un concesionario o permisionario, un socio o representante de una persona jurídica concesionaria o permisionaria para estos servicios, las penas se incrementarán desde una hasta dos terceras partes. Es decir aquellos grupos asociados la responsabilidad no es para quien conduce sino dueños cuando hay sociedades de por medio”.
Sobre la incorporación de las grúas en la iniciativa, la petista argumentó que este servicio también es un negocio que en alguna partes del estado sigue funcionando de manera irregular, pues a pesar de que ya existe un tabulador para controlar los costos por los servicios, los gruyeros no se apegan a este aprovechando del desconocimiento de los ciudadanos. Al incluirlos en la reforma, dijo, se pretende meterlos en cintura.
La reforma al artículo 190 Bis será turnada al Pleno para su eventual aprobación. Refiere que las sanciones de hasta 6 años de prisión y multa de 43 mil pesos podría incrementar hasta en dos terceras partes (alcanzar los 10 años de prisión y 71 mil pesos) cuando intervengan socios. Por ejemplo, facilitando la unidad en circulación aun cuando ellos no la conduzcan.
Además, el dictamen en cuestión establece que se decomisará el vehículo utilizado, así como la suspensión de uno a diez años o la cancelación definitiva de la licencia para conducir de quien se sorprenda manejando una unidad sin permiso de las autoridades.