18-04-2024 09:40:48 PM

Consultará Congreso con regidores solicitud de revocación de Patjane

Por Karina Fernández

 

La comisión de Gobernación en el Congreso del estado revisará con regidores y síndico de Tehuacán la solicitud de revocación de mandato en contra de Felipe Patjane, quien de acuerdo con la diputada Vianey García, no tiene derecho de audiencia para defenderse.

En entrevista, explicó que la Ley Orgánica Municipal no establece este derecho para el funcionario o autoridad municipal involucrada, por lo cual sólo plantea reunirse con los integrantes del ayuntamiento que solicitaron la destitución de su presidente.

Se hará lo propio con el director del Instituto para la Gestión, Administración y Vinculación Municipal (IGAVIM) que fue la primera institución en ingresar el oficio de revocación de mandato del edil e integrantes del cabildo.

“Vamos a platicar con cada uno de ellos. Igual con el director del IGAVIM para poder plantear y escuchar de primera mano cuales son sus peticiones. Además de lo escrito que lo puedan exponer. La comisión de Gobernación se encargará de la revisión”, dijo.

La solicitud hecha por el cabildo en contra del actual presidente municipal de Tehuacán acusa usurpación de funciones en el despido de contralor, tesorero y secretario del Ayuntamiento, mientras que el IGAVIM acusa opacidad en el manejo de recursos públicos.

La Ley Orgánica Municipal establece como causales de revocación de mandato el ataque a las garantías individuales o sociales, los actos que impliquen violaciones a los planes, programas y recursos de la Administración Pública Estatal o Municipal, así como aquellos que no les sean permitidos por la Ley.

Propiciar conflictos entre Ayuntamientos que obstaculicen el cumplimiento de sus fines, la usurpación de funciones; y cualquier otro acto u omisión que por afectar derecho o intereses de la comunidad.

Será hasta después de las mesas de trabajo con los inconformes que los diputados locales decidirán si las solicitudes son o no procedentes. La morenista dejó en claro que la legislación tampoco establece plazos para responder los oficios de los interesados.

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