22-11-2024 03:48:03 AM

Decretan constitucionalidad de la reforma del agua

Por Shanik David

A dos meses y medio de que se aprobó la reforma constitucional en materia del derecho humano al agua, hasta este miércoles se decretó su validez.

Durante la sesión del pleno del Congreso del Estado, se presentó la minuta con la cual entrará en vigor la modificación a la fracción VI del artículo 12 de la Constitución Política que hicieron los legisladores el 1 de abril, sin que se hiciera mayor comentario al respecto.

Con esto se da un peso constitucional a la obligación de las autoridades estatales de “proteger el derecho que tiene toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo doméstico de forma suficiente, salubre, aceptable y asequible en los términos que establece la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos”.

Sólo falta que el documento que se presentó en el legislativo sea publicado en el Periódico Oficial del Estado para que entre en vigor, con lo cual se derogarían todas las disposiciones que contravengan el nuevo marco constitucional.

Sin embargo, hay que recordar que llegar a esta nueva redacción de la fracción en comento tuvo un camino accidentado, pues ésta fue la segunda reforma que se hizo a la misma disposición en menos de seis meses.

Fue en diciembre del año pasado cuando la fracción del Partido Acción Nacional presentó la primera iniciativa, en representación del entonces gobernador electo José Antonio Gali Fayad, para reconocer en la Constitución local el derecho humano al agua -que fue una de sus promesas de campaña.

La propuesta se aprobó por unanimidad el 6 de enero de este año, pero generó controversia por su redacción pues, de manera textual, no incluía la facultad de los ayuntamientos y la sociedad en el manejo del servicio de agua en las comunidades.

Esto derivó en la presentación de 13 controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de las cuales 12 fueron admitidas y siguen en proceso.

Ante esto, los diputados presentaron el 29 de marzo una nueva iniciativa para cambiar la redacción de la fracción VI, la cual se aprobó en un plazo de tres días, y fue enviada a los 217 ayuntamientos para su validación en los cabildos.

Aunque una de las vías para decretar la constitucionalidad es por medio de la aprobación del 50 por ciento más 1 de las comunas, para este dictamen se tomó el criterio contemplado en el artículo 141 de la Constitución de Puebla: “Si transcurre un mes, a partir de la fecha en que se hubiere enviado el Proyecto de adiciones o reformas a los Ayuntamientos y éstos no contestaren, se entenderá que lo aprueban”.

Pese a esto, se dejó correr el doble de tiempo para determinar la validez de la reforma, la cual entrará en vigor en los próximos días.

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