16-05-2024 11:29:19 PM

Código penal no contempla agravante por atropellar a alguien en estado de ebriedad

Por Shanik David

Sólo por medio de una reforma por parte del Congreso de la Unión se podría lograr que personajes que, en estado alcoholizado, choquen y maten a otro ciudadano reciban sentencias más duras e incluso el caso no se resuelva solamente con una reparación económica del daño.

Esto lo comentó Lucío León Mata, juez de Control y Ejecución del Tribunal Superior de Justicia del Estado, quien explicó que este tipo de casos se analizan legalmente con base al Código Federal de Procedimientos Penales, por lo que al tratarse de un reglamento de carácter federal sólo la Cámara de Diputados y de Senadores pueden hacer reformas.

Esta modificación sería necesaria, hasta cierto punto, para delimitar agravantes de los delitos culposos que no fueron contemplados en las primeras reformas que se hicieron para la preparación del nuevo sistema penal acusatorio que entró en vigor el pasado 18 de junio.

Recordó que uno de los objetivos principales del nuevo modelo de justicia oral que se aplica a nivel nacional es despresurizar los sistemas de impartición de justicia así como las prisiones y centros de internamiento por medio de la aplicación de mecanismos alternativos para la resolución de conflictos como serían los acuerdos reparatorios.

Este tipo de acuerdos, que implican que el infractor y la víctima llegan a un acuerdo financiero para la reparación del daño, sólo es aplicable para los delitos culposos o imprudenciales, así como los patrimoniales como abuso de poder o fraudes.

Sin embargo, en la ley federal se habla de manera general de delitos culposos, sin hacer distinción alguna de los homicidios imprudenciales como fue el caso del sujeto que atropelló a siete personas en San Pedro Cholula el pasado fin de semana, por lo que se deja abierta la posibilidad de que con un acuerdo de dinero el culpable no llegue a prisión a pesar de que cuatro de sus víctimas ya perdieron la vida.

León Mata recalcó que los ministerios públicos y los jueces sólo pueden aplicar los criterios que vienen estipulados en la ley, y pese a la gravedad de este tipo de casos no se pueden tomar determinaciones por encima de lo que marca el código federal.

Sin embargo, comentó que en caso de que los deudos de las víctimas no acepten el acuerdo de dinero es que los responsables de este tipo de hechos tendrían que seguir procesos penales tradicionales e incluso llegar a cumplir penas corporales en prisión.

Aunque, insistió, podría ser necesaria la reforma al Código Federal para incluir agravantes al delito de homicidio culposo cuando se traten de accidentes automovilísticos en los que el conductor vaya en estado de ebriedad o factores similares, lo cual, reiteró, es responsabilidad de los diputados y senadores.

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