19-04-2024 04:27:16 PM

Juez federal anula tramposa sentencia contra Mondragón

Por: Valentín Varillas

La justicia federal amparó en definitiva al periodista Alejandro Mondragón contra la sentencia a pagar por 2 millones 500 mil pesos, contenida en el juicio 768/14/2C por un presunto daño moral contra la empresa Prosfer, contratista de los gobiernos estatal y municipal de Puebla.

El fallo del juez Enrique Cabañas Rodríguez aparece con el juicio de amparo 284/2015/VI

De acuerdo con el resolutivo judicial, al periodista se le violaron 4 de sus derechos constitucionales:

1.- De notificación de inicio de procedimiento y sus consecuencias.

2.- La oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas en que se finque su defensa.

3.- La oportunidad de alegar.

4.- El dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas.

“De no respetarse estos requisitos se dejaría en estado de indefensión al afectado, incumpliéndose con la finalidad del derecho de audiencia, transgrediendo así el ordenamiento constitucional”, establece el juez sexto de distrito de amparo civil, administrativa y de trabajo y juicios federales en el estado de Puebla.

El proceso de demanda y posterior sentencia contra el periodista se registró en el juzgado segundo especializado en materia civil, donde las citaciones formuladas por sus diligenciarios fueron ajenas al procedimiento legal.

José Daniel Ferrer Aldana (hermano de Jaime Ferrer Aldana, socio de la firma la concesionaria de la operación de la Foto Multa en Puebla, Autotraffic) se quiso apersonar como persona física cuando era representante de la empresa Prosfer.

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Esta firma fue señalada por el periodista de recibir contratos millonarios en materia de promoción turística y de la imagen del gobierno de Puebla y el Ayuntamiento de la capital cuando apenas tenía 16 días de haberse constituido fiscalmente. Además de usar los helicópteros oficiales para su trabajo.

A Mondragón se le violaron sus derechos contenidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución, mientras el juzgado segundo de Puebla atentó contra los artículos 66 y 71 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

Los emplazamientos hechos al periodista fueron ilegales.

Así, concluye el juez: “Al resultar ilegal la realización de la citación a la audiencia de conciliación al hoy quejoso, todo lo actuado con posterioridad; esto es, el emplazamiento mismo y demás actuaciones que obran en el estado de juicio de origen 768/14/12C, relativo al juicio ordinario civil de daño moral y reparación del daño causado por hecho ilícito, promovido por PROSFER Corporación, Sociedad Anónima de Capital Variable, a través de su representante, a partir de dicha citación, resulta ILEGAL, pues se violaron en perjuicio del quejoso (Alejandro Mondragón) los derechos de audiencia, de legalidad y seguridad jurídica contenidas en los artículos 14 y 16 constitucionales”.

Por todo lo anterior, el juez de distrito ordena al juez segundo especializado en materia civil de la ciudad de Puebla dejar insubsistente todo lo actuado en el expediente 768/14/12C, a partir de la citación impugnada que se entiende fue realizada desde el 1 de agosto del 2014, hasta la sentencia que haya dictado y su ejecución.

Una vez más y con toda contundencia, la justicia federal le corrige la plana al chuequísimo y corrupto “estado de derecho” que se vive en Puebla.

abajovale

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