Uno de los temas de la más alta importancia no solo por ser una exigencia ciudadana, un reclamo social; sino también por el compromiso por parte de los y las legisladores para su atención, se acaba de concretar con la aprobación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
En principio es necesario apuntar que esta ley aplicará para todos los estados de la República Mexicana y es reglamentaria del artículo 6º de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta Ley tiene como objetivos que la ciudadanía pueda tomar decisiones más informadas mediante el fortalecimiento y protección del derecho de acceso a la información pública, mejora su efectividad y sanciona a las autoridades que se nieguen a dar información sin una prueba de daño al interés público; facilita su acceso para personas discapacitadas e indígenas previendo formatos y medios con este fin; fortalece las políticas públicas en esta materia con el establecimiento del Sistema Nacional de Transparencia y crea la Plataforma Nacional de Transparencia para reforzar la política nacional de datos abiertos.
Recordemos que ahora los sujetos obligados son cualquier autoridad, entidad de gobierno, órgano y organismos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, sindicatos, fondos públicos y cualquiera persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos, de ahí que esta ley garantiza que la ciudadanía cuente con un derecho efectivo y eficaz de acceso a la información.
Esta ley clarifica que no podrá clasificarse como reservada información relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, por supuesto determina los casos específicos en los que las autoridades pueden reservar información; determina también que debe prevalecer en todo momento el principio de Máxima Publicidad y prohíbe cualquier tipo de discriminación que anule la transparencia y el acceso a la información pública, elementos que permitirán el logro de los objetivos en beneficio de l@s ciudadan@s que solicitan alguna información pública y posibilita un procedimiento claro y sencillo para denunciar por parte de l@s ciudadan@s la falta de publicación de las obligaciones de transparencia, que podría llegar hasta la facultad de atracción de algún recurso de revisión por parte del Instituto Nacional de Transparencia.
De manera que con la aprobación y próxima publicación de esta Ley en el Diario Oficial de la Federación, la ciudadanía puede contar con un nuevo instrumento jurídico que permita avanzar y construir una cultura de la transparencia y rendición de cuentas por parte de las diferentes entidades de los poderes públicos en México y de todos aquellos que reciban y ejerzan recursos públicos y que nos compete a tod@s su ejercicio.
L@s invito a conocer esta ley en la página de la Cámara de Diputados: camaradediputados.gob.mx