Siempre es de reconocerse el esfuerzo académico, profesional y personal; en algunas personas se combinan los tres aspectos, en otras sólo el esfuerzo personal que les permite notables éxitos.
También, en ocasiones por más doctorados o maestrías que se posean el desempeño profesional es desastroso.
El viernes pasado, Juan Pablo Jiménez Concha tomó posesión como delegado de la Secretaría de Economía, aceptó que sólo tiene la secundaria terminada, pero que su “experiencia” como empresario (es dueño de salones sociales en Cholula), presidente municipal de Cholula (2005-2008), y como diputado federal (2009-2012) bastan para desempeñar el cargo.
Cómo integrará su expediente ante la SE: sólo con el acta de nacimiento, el certificado de secundaria, una identificación oficial, comprobante de domicilio y por supuesto la carta de no antecedentes penales.
Incluso, para cursar un Diplomado es necesario contar con estudios universitarios.
Así que ahora no pueden aparecer misteriosamente “Diplomas”, porque Jiménez Concha no tiene el grado académico para ello.
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) es clara, no admite interpretación, ni mucho menos da lugar a seleccionar requisitos. (Publicada en el DOF el 2/1/2013)
LA LOAPF en el artículo 17 bis dice textual:
Los titulares de las delegaciones serán designados por el Titular de la respectiva dependencia o entidad y tendrán las atribuciones que señalen sus reglamentos interiores o los ordenamientos legales de creación de las entidades paraestatales.
Asimismo, deberán reunir por lo menos los siguientes requisitos:
I
a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
b) Contar con estudios académicos en materias afines a las atribuciones que correspondan a la delegación respectiva;
c) Haber desempeñado cargos de alto nivel decisorio, cuyo ejercicio requiera conocimientos y experiencia en materia administrativa, y
d) No haber sido sentenciado por delitos patrimonial es o estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;
II.
Los servidores públicos adscritos a las delegaciones se sujetarán a lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal para efectos de su ingreso, desarrollo profesional, capacitación y certificación de capacidades; evaluación del desempeño; separación y a las demás disposiciones previstas en dicha Ley,
Es claro el texto, ice: “por lo menos los siguientes requisitos”, no dice uno o algunos, sino que los cuatro deben cumplirse.
El inciso b, si bien no señala el grado académico, sí es claro en cuanto a “estudios académicos en materias afines…”, y en secundaria (que es el último grado de estudios de Jiménez Concha) no se obtienen los conocimientos mínimos sobre economía, estadística, comercio exterior, fondos, derecho mercantil o derecho constitucional.
Con base en ello ¿el Oficial Mayor de la SE también violará la ley?
Porque de acuerdo al Manual de Organización General de la SE, que en el apartado 1.5 sobre sus responsabilidades señala en la “número 16.- Suscribir los nombramientos de los servidores públicos superiores de la Secretaría”
También se faltaría al Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, que en el Capítulo IV, sobre las facultades del Oficial Mayor en el Artículo 8, señala:
A.)
Al frente de la Oficialía Mayor habrá un Oficial Mayor, quien tendrá las facultades siguientes
XVII. Suscribir los nombramientos de los servidores públicos de la Secretar
XXIII. Promover y propiciar el cumplimiento al Código de Ética de los servidores públicos de la Administración Pública Federal y de Conducta de la Secreta
Desde el viernes se viola el Código de Ética de la SE, se ignora y viola la LOAPF, el Manual y el Reglamento internos de la Secretaría de Economía.
No es nada ético si el Oficial Mayor si acepta un expediente incompleto de Jiménez Concha y firma su nombramiento como delegado.
Tampoco actúa con ética el Coordinador de Delegaciones Jorge Cantú Valderrama al avalar dicho nombramiento.
Sobra decir que el personal de la delegación de la SE cuenta con grado académico superior al de su jefe, mínimo tiene licenciatura, también hay personal con maestrías y doctorados.
Por supuesto, el personal de la delegación es capaz y preparado para realizar el trabajo, pero ¿sin la preparación académica mínima ni experiencia en el ámbito industrial y comercial, Jiménez Concha podrá revisar los cuadros estadísticos o cumplir con alguna de las actividades de la SE?
Por ejemplo, el Manual de Organización General de la SE en el aparado 1.0.21 en materia de servicios establece como facultad del Delegado: Resolver solicitudes del programa de Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación y emitir los oficios resolutivos; Resolver solicitudes de devolución de impuestos de importación sobre los insumos incorporados en productos de exportación, así como para mercancías que se retornen en el mismo estado, y emitir los oficios resolutivos.
El gobierno federal, la Secretaría de Economía, la Coordinación de Delegaciones y el propio Jiménez Concha empiezan mal al violar flagrantemente la Ley.
Más allá que el nombramiento de Jiménez Concha tenga el visto bueno del gobernador Rafael Moreno Valle, pues se reunieron con antelación, y hasta el propio Pablo Rodríguez Regordosa, titular de la Secotrade, asistió a la toma de poesión del nuevo “funcionario”.