La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) gestionó ante el Instituto Nacional de Vivienda de los Trabajadores (Infonavit) para evitar que los trabajadores y los patrones se vieran afectados por una modificación realizada a la Ley del instituto.
En mayo pasado, el Infonavit envió una serie de misivas a las empresas donde les pedía que, a partir del mes de julio, descontaran de los salarios de los trabajadores la totalidad del monto mensual para pagar su crédito de vivienda que deben al instituto.
La petición era para que se aplicara a aquellos trabajadores que hubieran recibido un salario menor o en caso de no haber recibido pago alguno por haberse incapacitado o ausentado en el trabajo.
La medida formó parte de una reforma al Reglamento de la Ley del Infonavit, que entró en vigor el 10 de febrero de 2012.
“El criterio manifestado por el Infonavit tenía un efecto importante en la economía del trabajador y el patrón porque, por una parte, si el empleado recibía un menor salario por haberse incapacitado o faltado al trabajo, resentiría el impacto de pagar el total del monto mensual de su crédito de vivienda, afectando de manera importante su economía”, planteó la Prodecon.
Agregó que si el trabajador no recibía un solo peso de salario por incapacitarse o ausentarse, la disposición del Infonavit obligaba al empleador a calcular el descuento mensual completo y enterarlo al Infonavit.
“Trasladándole una carga financiera que no le corresponde al patrón”, agregó.
La Prodecon envió un requerimiento al Infonavit para pedirle que no se aplicara tal medida.
En respuesta, el pasado 1 de junio de 2012, el INFONAVIT contestó, mediante oficio SGRF-GCJ-GCF-069-012, que no se iba a descontar la totalidad de los pagos por los créditos de vivienda que adeudaban los trabajadores, cuando éstos sufrían incapacidades o faltaban a trabajo.
“Mediante ese oficio es claro que el Infonavit cambia su criterio respecto a lo establecido en sus comunicados a los patrones”, concluyó la Prodecon que encabeza Diana Bernal Ladrón de Guevara.