01-05-2024 05:55:30 PM

Cuentas inactivas serán congeladas

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Los ahorros de los clientes en una cuenta bancaria y que durante un plazo de tres años no realicen ningún movimiento se enviarán a una “cuenta global”, y si éstos no se reclaman tres años después se canalizarán a la beneficencia.

dinero22Una vez que el dinero se dirija a la beneficencia, los depositantes ya no podrán reclamar su dinero.

En febrero de 2008, entraron en vigor cambios a la Ley de Instituciones de Crédito, donde se redujo de cinco a tres años el plazo para concentrar los recursos de cuentas sin movimiento y después, enviarlos a la beneficencia.

Salvador Espinosa, director ejecutivo de productos de captación de Scotiabank, reveló que a tres años de que entró en vigor la ley, los intermediarios iniciaron la notificación a los clientes que no realizaron movimientos, a fin de que activen su cuenta.

Las instituciones tienen 90 días para establecer contacto con los depositantes, por teléfono, correo o mail.

“Si no se logró comunicación con el cliente, o bien, éste siguió sin efectuar ningún movimiento, su dinero se destinará a la cuenta global, que se abrirá en cada banco”.

El también coordinador del Comité de Captación de la Asociación de Bancos de México (ABM) destacó que la cuenta volverá a tener actividad con cualquier retiro o depósito por mínimo que sea que realice el cliente.

En entrevista con EL UNIVERSAL, el directivo aclaró que una vez que el dinero se encuentra en la “cuenta global”, el proceso para reclamarlo es sencillo. No obstante, cada entidad fijará su procedimiento para la identificación del titular.

Pero advirtió que el dinero que sea canalizado a la beneficencia “ya no se podrá recuperar ni reclamar”.

Salvador Espinosa comentó que los bancos trabajan en la detección de las cuentas sin movimientos, a fin de notificarles que deben activarlas.

Marco Carrera, director de estudios de mercado de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), afirmó que para activarlas sólo se requiere un movimiento.

El artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito establece que las cuentas, que en un periodo de tres años no registren movimientos por depósitos o retiros, se canalizarán a una “cuenta global” en el mismo banco.

Tres meses antes de que concluya el plazo (90 días) la entidad está obligada a dar aviso por escrito al cliente.

La legislación puntualizó que una vez que los recursos se canalicen a la “cuenta global”, los intermediarios no podrán cobrar comisiones, pero sí generarán un interés mensual que equivaldrá al aumento en el Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Cuando el depositante se presente para realizar un depósito, retiro, o reclamar la transferencia o inversión, la institución deberá retirar de la “cuenta global” el importe total, a efecto de abonarlo a la cuenta o entregárselo.

Sin embargo, si los recursos siguen sin movimiento por otros tres años y cuyo monto no exceda el equivalente a 300 días de salario mínimo —174 mil pesos—, se entregarán a la beneficencia. Con ello, los derechos del ahorrador “prescribirán y una vez en poder de la beneficencia, no podrán reclamar ni recuperar los recursos.

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