El reciente anuncio que emitió el Licenciado Mario Marín Torres, Gobernador Constitucional del Estado de Puebla, en el sentido de que en breve plazo y una vez que se ajusten los presupuestos correspondientes, empezará a dar servicio el Tribunal Contencioso Administrativo.
La noticia comunicada por el titular del Poder Ejecutivo en el desayuno del día del abogado, es sin duda uno de los acontecimientos jurídicos más importantes de los últimos años para los poblanos y sobre todo, para el control de la legalidad en los actos administrativos. Está ya en manos del Congreso del Estado la iniciativa de reforma constitucional al respecto.
Se dice lo anterior, en atención al artículo 116 fracción V de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, que estableció que las “constituciones y leyes de los estados podrán instituir tribunales de lo contencioso-administrativo dotados de plena autonomía para dictar sus fallos, que tengan a su cargo dirimir las controversias que se susciten entre la administración publica estatal y los particulares, estableciendo las normas para su organización, su funcionamiento, el procedimiento y los recursos contra sus resoluciones”.
Los ciudadanos adquieren un medio de defensa legal contra los actos que puedan darse por autoridades de la Administración Pública, que son todas las Secretarías del Gobierno del Estado y cerca de cuarenta organismos descentralizados y dos comisiones de la administración, así como en materia administrativa los órganos autónomos.
Deben sentirse satisfechos los ciudadanos poblanos de que en Puebla participen en la construcción del Estado de derecho.
El acto administrativo debe ser definitivo y puede ser controvertido cuando lesione los intereses del particular, no se haya impugnado ante el mismo órgano y que cause agravios al demandante.
El contencioso-administrativo es un juicio que se entabla ante un organismo jurisdiccional para resolver una controversia entre un particular y una autoridad administrativa, por un acto o resolución de esta última que lesiona los derechos o intereses del particular. Por ser esto algo necesario y de gran trascendencia continuaremos analizando las propuestas de Reforma Constitucional ya enviada por el Ejecutivo al Congreso y más adelante, las leyes que rijan el funcionamiento del futuro tribunal administrativo.