Por Shanik David
El anuncio de la nueva reforma constitucional relacionada con el derecho humano al acceso al agua no es suficiente, pues más allá de los cambios que se le pudieran hacer al texto de la Constitución Política del Estado de Puebla hace falta que se eche para atrás por completo la privatización del servicio de agua potable en la capital, afirmó José Luis García Bello, integrante de la Asamblea Social del Agua.
Aunque reconoció que la decisión de corregir la reforma que se hizo a principios de año es adecuada, principalmente porque se optó por redactar un nuevo texto en vez de copiar lo que se establece en la Constitución nacional, insistió que “el punto central es la abrogación de la Le de Agua”.
Además, dijo, el hecho de que se haya tenido que corregir la reforma que fue aprobada a penas el 6 de enero pasado pone en evidencia que ésta fue “fallida”, lo cual incluso se le había dicho con anterioridad a los diputados en una de las reuniones que se tuvieron como parte del análisis de la iniciativa en el mes de noviembre.
En esa ocasión, recordó García Bello, se le comentó al diputado Jorge Aguilar Chedraui que “hacer un copy paste de la Constitución federal era lo más rápido y facil, pero que no estaríamos conformes con eso porque no cumplirían con los principios de progresividad y pro persona que se establecen para los derechos humanos”.
Por esta razón, insistió que si bien con la nueva propuesta se amplía la protección el derecho humano, el argumento de que el Congreso quiera esperar a que se resuelva el tema de la Ley General de Aguas en el Congreso de la Unión para atender el tema local hace que quede la inconformidad latente, pues una no está vinculada a la otra de manera obligatoria.
Sin embargo, señaló que el hecho de que se apruebe la nueva redacción de la fracción VI del artículo 12 le dará más elementos a los ciudadanos para los amparos que se podrían llegar a presentar pues los razonamientos que han vertido los jueces en los procesos que ya se encuentran en curso es que no es posible que se corte el servicio de acceso al agua, por mucho que esto se encuentre establecido en la Ley de Aguas del Estado.