22-11-2024 08:37:39 PM

Ana Tere y Roxana ganan juicios en el Tribunal Electoral

Por Shanik David

A tres días de que arranquen las campañas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación echó para atrás acuerdos avalados por el Instituto Estatal Electoral con los cuales se buscaba obstaculizar la participación de dos de las aspirantes más críticas de la contienda: Ana Teresa Aranda Orozco y Roxana Luna Porquillo.

Fue el magistrado Flavio Galván fue el responsable de analizar los expedientes de las dos candidatas poblanas, y tras analizar ambos casos determinó que los consejeros del Organismo Público Local Electoral cometieron en faltas en la aprobación de los acuerdos que fueron impugnados.

En el caso de Aranda Orozco, por medio del recurso SUP-JDC-1189/2016 impugnó los 55 acuerdos avalados por el IEE por medio de los cuales se autorizó que el mismo número de personas verificaran de manera personal las firmas de apoyo ciudadano que presentó la aspirante.

De manera puntual, el magistrado determinó en su resolución que “no existe disposición que autorice visitas de verificación del apoyo ciudadano” presentado por los candidatos independientes.

Con esto, se determinó desechar el acuerdo por medio del cual se validaron las verificaciones en terreno de las cédulas de apoyo ciudadano, medida que sólo había sido aplicada para los apoyos de Aranda Orozco.

En cuanto al recurso SUP-JDC-1226/2016, correspondiente a la impugnación presentada por Roxana Luna Porquillo por el acuerdo por medio del cual se determinó no entregar las prerrogativas a Partido de la Revolución Democrática, el magistrado refirió que hubo una omisión de parte del órgano electoral.

En el resolutivo puntualizó si bien con la sentencia del recurso SUP-JDC-570/2016 emitida el 10 de marzo se desechó el acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional del PRD por medio del cual se aprobó la plataforma electoral de Puebla, el IEE nunca dio vio vista a la dirigencia del partido sobre esta situación y la necesidad de que presentara un nuevo documento para poder participar en la elección.

“El instituto debía prevenir al partido para que presentara su plataforma electoral para contender en la elección antes de emitir el acuerdo porque eso les restringe sus derechos”, por lo que al no hacer esto se vulneró la participación del partido, puntualiza en la sentencia.

Por esta razón, se desechó el acuerdo con el cual se negó las prerrogativas y se autoriza que en un plazo de tres días posteriores a que se le notifique la sentencia al CEN del PRD éste deberá presentar la nueva plataforma electoral ante el instituto el cual deberá entregar de manera íntegra las prerrogativas que le corresponden.

Luego de presentar estos expedientes Flavio Galván tomó la palabra para destacar que la elección de Puebla pasará a la historia del derecho electoral debido a la gran cantidad de impugnaciones que se han presentado en cada una de las etapas del proceso electoral por actos en los que han incurrido personajes y autoridades electorales.

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