Por Valentín Varillas
Mucho antes de que el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Fernando Silva García, declarara inconstitucionales las fotomultas, porque violan la garantía de audiencia y defensa que concede el artículo 14 constitucional, en Jalisco hubo un antecedente en el mismo sentido y de igual contundencia.
A finales del 2011, el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa de ese estado, determinó la ilegalidad de la fotoinfracción por exceso de velocidad que aplica la Secretaría de Vialidad de la entidad, ya que “carece de fundamentación legal”.
De acuerdo con la nota del periódico Mural, firmada por la reportera Jessica Pilar Pérez, “el juez Juan Manuel Villanueva Gómez resolvió el 22 de diciembre que tenía razón el quejoso de que se le violaban sus garantías individuales establecidas en el artículo 16 constitucional, pues no había elementos fundados y motivados para imponer la infracción”.
“La (persona) quejosa reclama, en esta instancia constitucional, la imposición de una sanción económica con motivo de la emisión de las cédulas de notificación de infracciones, y que este órgano jurisdiccional evidencia que la autoridad que emitió dicho acto, no cuenta con las facultades para imponer la referida sanción”, señala parte de la resolución.
El punto central que da pie a la determinación del juez consiste en que “el levantamiento y la entrega de la fotoinfracción por una empresa, y no directamente por un agente vial —como lo señala la ley—, es una de las inconsistencias jurídicas que dan pie a que se considere ilegal”.
Además, “en la multa que recibe en su domicilio el infraccionado no se fundamenta la autoridad que la impone, porque al único que le constaría la sanción es al agente vial.
Partiendo de esta base, la multa dejaría de tener efectos sin analizar el fondo del asunto, es decir, sin decidir si hubo violación a los límites de velocidad”.
En Puebla, con ese antecedente, un grupo de abogados decidió organizarse hace algunos años, para presentar amparos ciudadanos y echar para abajo los cobros correspondientes al programa de Fotoinfracción.
Para ellos, ganar un amparo en estas condiciones lo consideraban “pan comido” y se frotaban las manos en espera de entrar en acción.
Encabezados por el jurista Luis Velázquez Martínez, aseguraban que tenían todas las herramientas para cumplir con su objetivo:
“Vamos a ir a los tribunales federales mediante un juicio de amparo ante las fotomultas. Se ha estudiado, se ha hecho un estudio comparativo con otros Estados y sobre todo en Guadalajara y se va a plantear el amparo en Puebla a ver qué resultado se logra; confiamos en los tribunales federales, no atacamos si es debido o no la fotomulta, estamos atacando la ilegalidad”.
Además del hecho de que la Fotoinfracción la impone una máquina y no una autoridad competente, argumentaban la imposibilidad del ciudadano multado a contar con un derecho de audiencia:
“La fotomultas violan nuestra constitución, no es un procedimiento adecuado. Nos vamos a manifestar pero desde el punto de vista legal (…) las fotomultas no están reconocidas como tales en el reglamento de vialidad y por tanto su aplicación es ilegal. El procedimiento que establece el reglamento de tránsito para una multa es que un agente de tránsito ante la presencia de los testigos tiene una charla breve con el conductor que es lo que llamamos el derecho de audiencia y por tanto en la fotomulta es aplicado arbitrariamente al no existir esta posibilidad”.
Sin embargo, a pesar de que en teoría tenían todo de su lado para abanderar la presentación masiva de amparos ciudadanos, algo muy extraño sucedió.
Después de menos de un mes de su presentación ante medios de comunicación, este grupo de abogados prácticamente desapareció.
Jamás se volvió a saber algo de ellos.
Juran los enterados que, inmediatamente, empezaron a recibir presiones, amenazas y auditorías, además de que los procesos legales de sus clientes comenzaron a entramparse de una forma por demás sospechosa.
El sello de la casa.
¿Qué pasará ahora?
¿Volverán a aparecer los paladines de la justicia que intenten nuevamente echar para atrás los cobros por una medida sumamente antipopular, legalmente inconstitucional, pero que en los hechos ha servido para disminuir drásticamente los accidentes y las muertes ocasionadas por los mismos?