Por Shanik David
Al cumplirse cuatro años de la tipificación del feminicidio en Puebla, el número de personas procesadas y sentenciadas en mínima en comparación con la cantidad de casos de asesinatos de mujeres que se han registrado en este período.
De acuerdo con datos proporcionados por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla en respuesta a una solicitud de información, de enero de 2013 a septiembre de este año se han radicado 50 casos de feminicidio para su estudio y procesamiento por parte de jueces.
De éstos, sólo siete casos han derivado en sentencias condenatorias, es decir sólo uno de cada siete responsables que han sido encontrados responsables de estos delitos después de las investigaciones ministeriales han recibido castigos por estos asesinatos de mujeres.
Es más, en el reporte llama la atención que una de las sentencias se emitió en 2015, mientras que seis corresponden a este año, coincidiendo con el pliego de recomendaciones que entregó la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres al gobierno de Puebla para evitar la emisión de una alerta de género en el estado.
Sin embargo, el documento que entregó el Tribunal no respondió por completo a la información que se había requerido, pues además se había solicitado que se detallara la pena corporal impuesta en cada una de las sentencias condenatorias que se hubieran impuesto hasta la fecha.
Además, destaca que todas las sentencias vinculadas a este delito han sido condenatorias, pues no se reportó alguna absolutoria.
El número de sentencias es bajo en comparación de los hechos de asesinatos violentos de mujeres que se han registrado en los últimos años, pues de acuerdo con el reporte hemerográfico que publica el Observatorio de los Derechos Sexuales y Reproductivos en su portal de internet, en el mismo período -de enero de 2013 a septiembre de 2016- se han contabilizado 223 feminicidios -al 11 de noviembre la cifra llegó a 235-.
Esto significaría que de los 223 casos de mujeres asesinadas en el período desde la tipificación del feminicidio, sólo 50 han sido procesados en el tribunal bajo esta figura penal, y sólo siete han sido sentenciados de acuerdo a lo que marca el Código Penal del Estado, el cual determina que a quien cometa este delito “se le impondrá una sanción de cuarenta a sesenta años de prisión y multa de quinientos a mil días de salario”, pena que se aumentará a cincuenta y setenta años en caso de que la víctima esté embarazada.