03-05-2024 01:07:29 PM

A revisión los acuerdos de reserva de información

Por Shanik David

Si bien los acuerdos de clasificación de información aplicados por el gobierno del estado previo a la entrada en vigor de la nueva Ley de Transparencia del Estado de Puebla no han perdido su vigencia en tanto no se venza el período de gracia que se dio para la implementación en forma de la norma, sí es posible que se pongan bajo análisis e incluso que se desclasifique parte de la información.

Esto lo comentó Norma Estela Pimentel Méndez, integrante de la Comisión para el Acceso a la Información Pública, pues dijo que en la nueva norma se indica que toda clasificación de información debe ser avalada por lo comités de transparencia que deben tener los sujetos obligados.

Detalló que en la ley -que entró en vigor el 5 de mayo pasado- se indica que una vez que se recibe una solicitud de información ésta debe ser analizada por el comité de transparencia para determinar si los documentos solicitados caen en alguno de los supuestos del artículo 123 y se necesite su reserva; de ser este el caso se debe hacer la prueba de daño, que es un análisis legal acerca de las posibles afectaciones que tendría la divulgación de los datos en concreto y la definición de si se requiere la clasificación total o parcial del documento.

Este procedimiento aplica para toda la información en poder de los sujetos obligados, es decir la que no esté clasificada y aquella en la que ya se cuente con un acuerdo de reserva vigente.

De este modo, en caso de solicitarse información que está reservada -como es el caso de los gastos de la remodelación de Casa Puebla, los contratos de la compra de los helicópteros de la administración estatal o la información vinculada con las franquicias que opera el gobierno- los comités de transparencia deberían hacer un análisis de la válidez de los acuerdos de reserva, lo cual incluso podría servir para la desclasificación de estos datos, según comentó la comisionada.

Además de esto, recordó que con las nuevas disposiciones en la materia los sujetos obligados deben elaborar un listado de toda la información que tengan clasificada -ya sea como reserva total, parcial o como confidencial-, el cual se deberá hacer público.

Comentó que este listado debió haber estado listo desde julio pasado, pero por cuestiones operativas desde el Sistema Nacional de Transparencia se dio una ampliación de plazo para que las entidades de gobierno y demás instituciones elaboren este padrón, el cual deberá entregarse a los órganos garantes de cada estado -en esta caso a la CAIP-, para que se integren en un sistema de difusión público conectado a la Plataforma Nacional de Transparencia.

Sería para enero de 2017 cuando se contaría con este sistema, en el cual los ciudadanos podrían conocer cuáles son los documentos que se consideran como reservados por las autoridades.

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