22-11-2024 05:37:46 AM

Gobierno oculta justificaciones de reserva de información

Por Shanik David

El gobierno del estado no sólo es opaco en la información relacionada con los gastos de promoción oficial de Rafael Moreno Valle y proyectos como la instalación de la planta de Audi en San José Chiapa, sino que incluso oculta los argumentos con los cuales dicha información es considerada como reservada.

A lo largo de este año se ha intentado acceder por medio de solicitudes de información a los datos correspondientes a las inversiones destinadas para la realización de los cinco informes de gobierno de Moreno Valle, la cual se encuentra en los archivos de la Secretaría de Infraestructura y Transportes (SIT) y la de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico (SECOTRADE), sin embargo ambas dependencias argumentaron que los datos en cuestión estaban reservados con los acuerdos de reserva AC-2016/001 y AC-SECOTRADE-02/2016, respectivamente.

Además, previo a esto se había requerido copia del convenio firmado con la empresa alemana Audi para su instalación en San José Chiapa, la cual también se reportó como reservada por medio del oficio AC-SECOTRADE-01/2016.

Ante esta falta de claridad, y la poca información proporcionada, se presentaron nuevas solicitudes de información en las cuales se pedían las pruebas de daño que sustentaran cada uno de los acuerdos de reserva, esto con la finalidad de conocer los argumentos de la clasificación de los datos.

Sin embargo, ambas dependencias respondieron que dado que las “pruebas de daño” se establecieron como requisito para la clasificación de información con la nueva ley de transparencia cuando se firmaron los acuerdos en cuestión no se tenía este criterio establecido.

Aunque la SIT no dio la fecha en la que se firmó el acuerdo de clasificación, la SECOTRADE indicó en sus respuestas que el documento correspondiente a Audi se firmó el 28 de abril de este año -justo una semana antes de que la nueva ley entrara en vigor- y el que clasifica la información de los informes el 11 de marzo, “es decir, cuando seguía vigente la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla publicada el treinta y uno de diciembre de dos mil once, misma que no contemplaba la aplicación de la prueba de daño, por tal motivo esta Unidad de Transparencia está imposibilitada para darle la información solicitada” se indica de manera idéntica en ambas respuestas.

Si bien esto es cierto, también lo es que en el artículo 34 de la ley que tomaron como sustento para dar sus respuestas se indica que toda clasificación de información debe tener un acuerdo de reserva en el cual se debe establecer la fundamentación o motivación para no hacer pública la información, por lo que se debería tener una justificación o sustento la cual no fue entregada.

En la norma que entró en vigor el 5 de mayo pasado se establece en el artículo 126 que en la prueba de daño se debe justificar que “la divulgación de la información representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público”, además que este perjuicio supere el interés público de la divulgación de la información.

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