22-11-2024 04:25:42 AM

Cada 8 días es asesinada una mujer en Puebla

Por Shanik David

En lo que va de este año, en promedio cada ocho días es asesinada una mujer en el estado de Puebla, lo que se traduce en que en estos primeros ocho meses se han cometido poco más de 30 feminicidios.

Esto lo informó Lourdes Pérez Oceguera, encargada del programa de Equidad de Género y VIH de la Universidad Iberoamericana, quien señaló que el caso de Paulina Camargo, quien tenía 18 semanas de embarazo es una muestra del problema social que se vive en la actualidad en Puebla.

Destacó que este tipo de hechos no sólo se previenen con la implementación de programas o políticas públicas si no que es un tema en el que debe participar la sociedad en general, pues el tema de la discriminación y violencia hacia las mujeres parece estar aferrado en la entidad.

Agregó que si bien los feminicidas son personas de todas las edades, se ha vuelto algo recurrente que sean los jóvenes quien asesinen con saña a las mujeres, lo cual representa una falta de educación en los hogares, pues no se imponen límites ni se enseña a controlar la rabia que puede sentir alguien.

Un aspecto que es fundamental para sobrellevar el tema de las agresiones hacia las mujeres es que las cosas se nombren como lo que son, por lo que es de suma importancia que las autoridades y los medios de comunicación se refieran al caso de Paulina como un feminicidio, y no como un homicidio o incluso doble homicidio como lo quieren catalogar las autoridades.

Pérez Oceguera indicó que la palabra feminicidio no sólo abarca el hecho en sí de la agresión fatal de la mujer, sino lo que sucede antes y después de esta, y una serie de aspectos sobre el grado de crueldad con el que se comete el acto.

La especialista incluso destacó que es importante que las autoridades investiguen este hecho bajo el tipo penal de feminicidio, para que se puedan aplicar las sanciones correspondientes.

Recordó que a finales de junio se aprobó en el Congreso del estado una reforma al Código Penal del estado, en el cual se detalló de manera clara cuáles son las causales por las cuales se puede tipificar un homicidio de mujer como feminicidio, herramienta con la cual no se contaba anteriormente.

Entre los elementos que se incluyen en esta nueva legislación, destaca que es feminicidio cuando la agresión hacia la mujer se dé por cuestiones de celos, haya antecedentes de violencia hacia la víctima o que el victimario “aproveche la relación sentimental, afectiva o de confianza entre el activo y la víctima”.

También se ponen como elementos para tipificar este delito el hecho de que el cuerpo de la mujer sea expuesto en espacios públicos, que la víctima haya sido incomunicada previo a su asesinato, que se tengan registros de amenazas en su contra, y que “existan datos que establezcan en la víctima, lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida, violencia sexual, actos de necrofilia, tormentos o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

En esta nueva legislación se imponen penas de hasta 60 años de prisión a quienes sean encontrados culpables de este tipo de delitos.

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