21-05-2024 11:37:52 AM

Dan auto de formal prisión a opositores cholultecas

El abogado Martín Toxtle, defensor de los detenidos por oponerse al proyecto del parque de las siete culturas o parque intermunicipal, Adán y Paul Xicale y los hermanos Tlachi Valencia, informó que la madrugada de ayer se les dictó auto de formal prisión por los cinco delitos que se les imputa.

“Lo que se determinó fue un acto de formal prisión en contra de estos cuatro personajes por los delitos de privación ilegal de la libertad, daño a las vías de comunicación, motín, daño en propiedad ajena y contra el orden constitucional y la seguridad del estado”.

Un delito este último que según planteó el antropólogo Julio Glockner es una reedición del delito de “disolución social” que se utilizó durante la década de los sesentas y setenta, en los gobierno de Díaz Ordaz y Luis Echeverría, es decir en plena guerra sucia, para detener y encarcelar a los opositores políticos y disidentes sociales.

El abogado explicó además que no hay posibilidad de fianza por que algunos de los delitos son considerados como delitos graves. Y anunció que la acusación sigue abierta en contra de diez personas más a quienes se identifica en las denuncias que presentaron el secretario general del ayuntamiento, Jesús Zaldivar, y el síndico Municipal, Pedro Lozada.

“Se había hecho saber por parte del juzgado que alcanzaban fianza, sin embargo el Ministerio Público manifestó que se oponía rotundamente a ese derecho para los procesados, toda vez que si bien es cierto que no se les había tomado declaración por lo otros delitos, los otros delitos sí eran graves y no alcanzaban esa posibilidad”.

Lo que sigue, dijo, es un proceso en el que se tendrá que acreditar la inocencia, y el Ministerio Público tratará de probar la responsabilidad en los delitos imputados. La Procuraduría General de Justicia se exhiben un total de 70 videos, por parte de las autoridades, en los cuales se hacen los señalamientos de las cuatro personas detenidas, así como de 10 más, y la PGJ solicita que el juzgado libre las ordenes de aprehensión dejando la averiguación previa abierta para que si hubiese más personas implicada como responsables se determinara un ejercicio de la acción penal, igual una orden de búsqueda y aprehensión”.

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