09-05-2024 06:34:07 PM

Policías de operativo en Chalchihuapan tenían nula capacitación

polis18

A pesar de que la ley bala contempla protocolos de actuación y ordena la capacitación de las fuerzas policiales para atender las manifestaciones sin la violación a los derechos humanos, la realidad es que los granaderos y policías estatales que intervinieron en el operativo “Pegaso”, no sólo violaron los protocolos sino que además tenían nula capacitación en el manejo de las armas no letales.

polis18Esa fue una de las varias conclusiones a las que llegó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) tras investigar el operativo del desalojo de manifestantes del pasado 9 de julio en las inmediaciones de San Bernardino Chalchihuapan.

De hecho, tras la investigación realizada el organismo defensor de los derechos humanos solo registró un curso de capacitación para las fuerzas estatales relacionado con el manejo del bastón policial –los mismos que cuando se produjo el enfrentamiento arriba del puente les quitaron los pobladores–.

Dice el informe: “Destaca de manera importante el hecho de que la Secretaría de la Defensa Nacional, en el oficio DH-V-9280 del 18 de agosto de 2014, informara que durante el periodo 1994-2014 sólo proporcionó un curso de capacitación a 286 elementos del total de servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla sobre el manejo del bastón policial PR-24, sin que existan evidencias fehacientes de que dicho personal estuviera debidamente capacitado y adiestrado —ya sea por la Secretaría de la Defensa Nacional u otra institución— en el uso de la fuerza pública, tanto en el empleo de la fuerza física como en el empleo gradual de las armas incapacitantes no letales, en concreto de los multicitados proyectiles”.

Y continúa: “Además, no obró constancia alguna de que los citados elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla hubieran sido capacitados en el empleo de armamento no letal, sobre todo en cuanto al contenido y alcances de la aplicación de la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza por Parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla –ley bala–, publicada el 19 de mayo de 2014, así como de los protocolos estatales existentes en la materia”.

Y concluye:

“Así las cosas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ante el resultado del enfrentamiento y la falta de adiestramiento y capacitación del personal que participó en los acontecimientos (…) evidenció la ausencia de estrategias apropiadas para proteger el orden público, la integridad de las personas e incluso la vida, así como una omisión en la observancia de los principios sobre el uso de la fuerza que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla” y toda la normativa de seguridad pública del estado”.

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